La normativa que maneja el Gobierno incluye también un
régimen sancionador que fije la tipificación de
infracciones, estableciendo la posibilidad de imponer
sanciones accesorias a las multas económicas.
De hecho, habrá tres tipos de sanciones accesorias: la
suspensión temporal de las licencias, la clausura por un
tiempo de las actividades y establecimientos y la revocación
de las licencias.
En el caso de infracciones muy graves, las sanciones
complementarias –salvo la revocación, que es indefinida– no
podrán imponerse por un plazo superior a un año, mientras
que en el caso de las graves no será por encima de los 6
meses.
En lo económico, las multas oscilarán entre los 150 euros de
una infracción leve y los 3.000 de una muy grave.
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