La Ordenanza Municipal Reguladora de Licencias de
Instalación y de Apertura o Funcionamiento de
Establecimientos y Actividades especificará con mayor
detalle la documentación que habrá de aportarse con la
solicitud de las licencias o autorizaciones, estableciéndose
los procedimientos a seguir en cada caso.
Asimismo, la nueva normativa tendrá un ámbito de aplicación
para toda actividad industrial, mercantil, profesional,
espectáculo público o actividad recreativa, ya se trate de
nueva implantación, ampliación, traslado o modificación
sustancial, a ejercer sobre un establecimiento dentro de la
Ciudad Autónoma de Ceuta está sujeta a licencia municipal de
apertura o funcionamiento.
En cuanto a las actividades calificadas como Molestas,
Insalubres, Nocivas y Peligrosas, requerirán la previa
obtención de una licencia de instalación.
Los responsables de las actividades y establecimientos
están, por otro lado, obligados a desarrollarlas en las
debidas condiciones de seguridad, salubridad, accesibiliad y
calidad ambiental, reduciendo su afección a la vía pública.
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