Desde que en la Nochevieja de 1999 mataran al ‘Kimbi’, el
caso no ha dejado de estar en boca de todo el mundo: primero
por el asesinato en sí mismo, luego por las detenciones que
tuvieron lugar a raíz de la declaración del testigo de
cargo, posteriormente, por las medidas de seguridad
desplegadas en torno a las instalaciones de la Audiencia
Provincial de Cádiz con sede en Ceuta y, finalmente, por el
fallo que ayer mismo hacía público el tribunal encargado del
caso tras unas arduas deliberaciones que han durado dos
meses.
Un tiempo durante el cual los magistrados han tenido que
hacer frente a sus diferencias para lograr un acuerdo que,
si bien ha sido por mayoría, no ha tenido unanimidad a pesar
de que el tribunal estaba compuesto tan sólo por tres
personas. Finalmente, ayer por la mañana, decenas de
policías y guardias civiles hacían acto de presencia para
garantizar el orden en una lectura pública que no iba a
estar exenta de polémica: nueve de los catorce imputados en
el caso deberán cumplir condena y tan sólo cinco de ellos
han sido absueltos de todos los cargos.
Las penas, inferiores a las que solicitó en su día el
Ministerio Fiscal, oscilan entre los seis meses y los 25
años. Seis meses de condena deberá cumplir A.M.A., que salió
de la cárcel el último día del juicio, por un delito de
amenazas.
A.A.M. y M.A.A. deberán hacer frente a una pena de 20 años y
9 meses tras ser considerados los inductores del asesinato
(16 años y seis meses por un delito consumado de asesinato;
dos años y seis meses por obstrucción a la justicia y un año
y nueve meses por un delito consumado de amenazas).
Por otra parte, otros dos imputados, que también coinciden
en las iniciales M.A.A., cumplirán 25 años de cárcel cada
uno al ser condenados como autores materiales de los hechos.
Los demás han sido condenados a la misma pena: 16 años y 6
meses de cárcel, por su participación en los hechos que
tuvieron lugar en la barriada del Príncipe.
Todas estas penas, aunque elevadas, no alcanzan las
peticiones del Ministerio Fiscal que solicitaba 44 años de
prisión para los inductores, 8 años de prisión para el
imputado acusado de obstrucción a la justicia y 33 años para
todos los demás.
Reacciones
En la lectura pública de la sentencia estuvieron presentes
tanto los imputados, como sus familiares y representantes de
los medios de comunicación. Según se iban dando a conocer
los fallos condenatorios, las lágrimas y la rabia contenida
iban asomando a los rostros de los familiares y de algunos
de los acusados.
Todas esas emociones afloraron cuando, tras conocerse el
fallo, uno de los tres magistrados hizo público su voto
particular a favor de la absolución de todos los imputados.
En ese momento, las mujeres de los acusados rompieron el
silencio en un sonoro aplauso que provocó que el presidente
de la sala ordenase que saliera todo el mundo de la misma a
excepción de imputados y prensa.
Tras el desalojo de la sala, algunos de los imputados
también mostraron su disconformidad con un murmullo que
terminó con la protesta en voz alta de uno de los
condenados, A.A.M., que seguía proclamando su inocencia y
afirmando que no había tenido nada que ver en los hechos.
A pesar de haber quedado libres de toda culpa, los imputados
que quedaron absueltos se solidarizaron con sus compañeros
de banquillo llegando uno de ellos a decirle al presidente
que “con una sentencia como ésta se pone en duda el trabajo
de los jueces” y que estaba claro que “lo han engañado
señor”. Por estas declaraciones, A.M.A. también fue
desalojado de la sala durante unos minutos.
Absuelto
La dureza de las condenas fue acogida con estupor por parte
de los familiares de los acusados y también por sus propios
abogados.
La absolución de A.M.A. finalmente, parece que se debe a las
conclusiones expuestas por el prestigioso forense Luis
Frontela, que han servido para que el tribunal haya
inclinado la balanza a favor del acusado a la hora de dictar
una sentencia absolutoria. Hay que recordar que el médico
sevillano no dio por válida la prueba practicada por
considerar que no se habían tomado las muestras suficientes
y que el resultado de la misma no podía ser determinante
para dictar una sentencia condenatoria.
El fallo puede ser recurrido en casación en los próximos 5
días.
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