El pasado 20-3-2013 se emitió informe, por el funcionario
que suscribe con el objeto de valorar la maquinaria
correspondiente al contrato de limpieza viaria suscrito con
la empresa Urbaser, S.A., como consecuencia del mismo se ha
iniciado un procedimiento administrativo de liquidación de
contrato, en el que se le reclama a la empresa 12,5 millones
de euros correspondiente al exceso de maquinaria abonada por
la Ciudad de Ceuta.
Con el único objetivo de analizar la totalidad del contrato
y conocer con exactitud las cantidades devengadas por la
Ciudad, en los diferentes conceptos (personal, maquinaria
etc...), se realiza el siguiente informe que se fundamenta
en los siguientes puntos:
1.- Se ha tomado el modelo de certificación mensual para
calcular por ejercicio la cantidad anual detallada de los
diferentes servicios que la Ciudad Autónoma ha recibido,
actualizándolo al IPC y reflejando las diferentes
modificaciones acontecidas durante la vida del contrato.
(Anexo I).
2.- En la propuesta economía presentada por la empresa
Urbaser se recoge por cada precio unitario la proporción que
corresponde de Personal vestuario y útiles, maquinaria, y
gastos de explotación de maquinaria, cuyo detalle se
encuentra en el Anexo II.
3.- Acumulando el periodo 2002-20012 del punto 1 y
repartiendo en función de los porcentajes del punto 2,
obtendríamos las cantidades totales de los diferentes
conceptos reflejado en el Anexo III.
4.- En el primer informe se incluyó por error parte de los
costes de explotación de maquinaria, por importe de
1.509.460 euros, dentro del concepto maquinaria, pero por
otra parte se ha incorporado al análisis los nuevos
servicios correspondientes a las modificaciones de 2005,
2007, 2009 que en el primer informe no se incluyeron,
resultando que la cantidad devengada en conceptos de
maquinaria asciende a 15.929.345 euros.
Conclusiones
1.- La cantidad abonada en concepto de maquinaria asciende a
15.929.345,30 euros como queda detallado en el Anexo III.
Por otra parte en el 1º informe de 20-3-2013, se determinó
que la inversión realizada por la empresa asciende a
3.466.910 euros, resultando una diferencia de 12.462.435
euros, cantidad a la que habría que sumarle el 15% de gastos
generales y beneficio industrial, haciendo un monto total de
14.331.800 euros, nuevo importe que rectificaría el anterior
y debería reclamase a la empresa en la liquidación del
contrato.
2.- Del análisis de costes realizado por la empresa
consultora, sobre el ejercicio 2003 se desprende una
cantidad significativa de provisiones, garantías y
amortizaciones sobre la maquinaria, cuyos costes no son
reales hasta que finaliza el contrato, hecho que afecta al
equilibrio del mismo y su verificación, motivo por el que
sería conveniente corroborar, mediante consultoría su
ejecución real. Sirva como ejemplo los gastos devengados en
concepto de gastos de explotación de maquinaria que
ascienden a 11.242.914,45 euros importe que excede con
creces los costes reales de gasoil, seguro, itv, etc...,
motivo por el que se debería aportar por parte de la empresa
la información pertinente que garantice el equilibrio del
contrato.
En Ceuta a 28 de Mayo de 2013
El Técnico de Gestión Contable
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