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ACTUALIDAD - LUNES, 22 DE ABRIL DE 2013


José Carlos García Corral (d)  junto a Guillermo Martínez. ARCHIVO

ADMINISTRACIÓN LOCAL
 

Un Plan de comunicación diseñado para dejar fuera a ‘El Pueblo’

El Plan de Publicidad y Comunicación Institucional de la Ciudad recoge inversión para las tres radios y las dos televisiones pero sólo para un medio escrito en Ceuta
 

CEUTA
El Pueblo

ceuta
@elpueblodeceuta.com

El pliego de prescripciones técnicas del Plan de Publicidad y Comunicación Institucional recoge que la publicidad iría a parar a las tres radios de la ciudad y a las dos televisiones, pero solo a un medio de comunicación escrito.

El pliego de prescripciones técnicas del Plan de Publicidad y Comunicación Institucional de la Ciudad Autónoma de Ceuta expone que “debido al número de necesidades de publicidad y comunicación existentes y con el fin de dar satisfacción a todas ellas, se limitará en el ámbito de la prensa escrita”, para seguidamente indicar que en el caso de las radios, “la campaña abarcará a las tres emisoras comerciales con licencia en la ciudad” -Radio Ceuta, Onda Cero Ceuta y Cope Ceuta-, mientras que en la televisión “se tendrán en cuenta las dos existentes” -Radio Televisión Ceuta y Ceuta TV-

En lo que se refiere a Televisión, en la Ciudad Autónoma de Ceuta existen dos televisiones, una pública (RTVCE) y una privada (CEUTA TV). Parece lógico y conforme al criterio de reducción de gastos, que la Publicidad se realizara por esta televisión pública. Contrariamente a su fundamentación, CEUTA TV recibirá una dotación para la Publicidad Institucional.

De haber escogido a RTVCE como único emisor de la Publicidad Institucional, los potenciales destinatarios serían reducidos en la misma proporción que con la prensa escrita (dos medios frente a uno final) y la Ciudad realmente vería recortado su gasto en publicidad.

Respecto a la radio, en la Ciudad Autónoma de Ceuta además de la pública (RTVCE), coexisten tres emisoras más de naturaleza privada (ONDA CERO, CADENA COPE y SER). Se podría entender que habría que reducir al menos a la mitad de medios, equivalente a la reducción de la prensa escrita, conforme a su argumentación en el citado Plan de Comunicación y Publicidad Institucional. Lejos de todo ello, el Plan prevé un reparto equitativo entre las tres emisoras de naturaleza privada.

Por todo lo expuesto, se observa como la forma de actuar respecto al medio de prensa escrita es totalmente distinta a la utilizada para los otros medios previstos en el Plan de Comunicación y Publicidad Institucional.

Las cuestiones que llegados a este extremo se plantean son: ¿Existe justificación que permita diferenciar los criterios de la prensa escrita con los otros medios? ¿Por qué no se distribuye la partida presupuestaria en los medios escritos como se hace en los restantes medios? ¿Debería soportar la reducción de la cuota presupuestaria el ciudadano mediante un recorte de medios o por el contrario debería ser los empresarios privados mediante un recorte ingresos proporcional? ¿Realmente existe un recorte presupuestario que obligue a la eliminación de uno de los medios de prensa escrita?

Y por último, ¿pueden considerarse estas conductas por parte de la Administración tendentes a la eliminación de uno de los medios de prensa escrita de la Ciudad, ya que a través del medio, amparado por la Libertad de Información, se ha venido criticando su gestión durante los últimos meses? Hay que recordar que la Constitución prohíbe cualquier actitud discriminatoria por razón de opinión, salvo causas justificadoras, razonables e imparciales (STS de 2 de julio de 1994).

Lo que parece claro es que el Plan de Publicidad elaborado por el Gobierno de Vivas no respeta el principio de igualdad de oportunidades entre los distintos medios de comunicación, en aras a la protección del principio de igualdad recogido en el artículo 14 de la CE, todo ello, también, en intima conexión con el de libertad de empresa del articulo 38 de la Constitución, máxime, cuando además, la inserción en los distintos medios y soportes de comunicación, de publicidad institucional es una consecuencia lógica del derecho constitucional (art..20) a la información y a estar informado, que tienen todos los ciudadanos, respecto a las actividades e iniciativas de los distintos poderes públicos.
 


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