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ACTUALIDAD - VIERNES, 19 DE ABRIL DE 2013


juan vivas y el interventor. fidel raso.

pagos indebidos EN LA CIUDAD
 

El interventor y la secretaria general deberían ser “independientes”

El secretario general del PSOE señala que ambos puestos, “clave” tendrían que ser desempeñados por funcionarios de habilitación estatal y no dependientes del Ejecutivo local

CEUTA
Tamara Crespo
ceuta
@elpueblodeceuta.com

El secretario general del PSOE se mostró ayer convencido de que “muchos de los problemas” de las cuentas municipales se acabarían si los puestos “clave” del interventor y la Secretaría General fueran desempeñados, “como dice la ley” por funcionarios de habilitación nacional, no dependientes del “criterio” del Gobierno local.

“Estoy convencido de que muchos de los problemas que estamos teniendo se acabarían en el mismo momento en que las personas que están al frente de dos puestos significativos como son la Secretaría General y la Intervención fueran funcionarios de carrera de habilitación nacional y no personas dependientes del criterio del Gobierno local”. El secretario general del PSOE, José Antonio Carracao, fue ayer así de contundente al señalar lo que considera uno de los problemas en la gestión de las cuentas municipales. A su modo de ver, el caso de los pagos indebidos a Urbaser “es una consecuencia de la forma en que está organizado este gobierno”.

A preguntas de los periodistas, el líder del PSOE se extendió en esta reflexión al hablar de la exigencia de “responsabilidades” por lo ocurrido. La situación “se agrava”, dijo, “porque tenemos en dos puestos claves de la administración, dos personas que dependen de la voluntad del Gobierno”. “Esto dice mucho y no dice nada, pero es una realidad objetiva, dependen de la voluntad del Gobierno, y sería mucho mejor, y todo el mundo coincidirá, que fueran personas con capacidad e independencia del ejecutivo para poder ir haciendo todas las aseveraciones, todas las consideraciones y todas las negativas que creyeran oportunas en el momento que lo consideraran”. “Esto también es una situación que agrava, que perjudica, el devenir del desarrollo económico y de gestión de nuestra ciudad, que tiene como consecuencia que por ejemplo, nuestra deuda viva sea el doble de la deuda viva de la Ciudad Autónoma de Melilla”, opinó Carracao.

A la pregunta de si considera “condicionada” la actuación de la secretaria general y del interventor por esa dependencia de la administración local y no de la estatal, Carracao respondió lo que a su modo de ver había dicho ya “con claridad”, que “si tenemos dos funcionarios de carrera de habilitación nacional con independencia respecto al gobierno es mucho mejor que tener dos personas que tengan de alguna manera esa rémora de depender del gobierno de la Ciudad Autónoma”. “Y con esto -reiteró- digo todo y no digo nada, esto no significa que una persona no sea capaz de anteponerse al criterio del Gobierno y de anteponer su pulcritud a la hora de hacer su trabajo a cualquier otra consideración, pero de lo que no cabe duda, y creo que nadie será capaz de rebatirlo, es de que en dos puestos tan significativos como el del interventor y el de la Secretaría General del Ayuntamiento fueran, como dice la ley, funcionarios y por lo tanto independientes a cualquier influencia”.
 


El TC llama la atención sobre la situación de ambos puestos

El Tribunal de Cuentas recoge en su informe correspondiente a los ejercicios 2008 y 2009, en la línea señalada ayer por el portavoz del Grupo Socialista, José Antonio Carracao, que los puestos de interventor, secretario y tesorero de la Ciudad no han sido “desempeñados por funcionarios con habilitación estatal” algo que según explicó el líder del PSOE local se recoge ha de ser así por ley.

El capítulo en el que se recoge esta apreciación del Tribunal de Cuentas es el que hace referencia a la “organización general de los servicios y el personal de la Ciudad”. En este ámbito, el Tribunal destaca además, respecto a esta organización el hecho de que la Ciudad Autónoma “carece de una relación de los puestos de trabajo existentes en su organización”, lo que, además de “contravenir lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público, constituye una importante debilidad en la gestión de recursos humanos” puesto que no se dispone de un “instrumento técnico adecuado para la ordenación del personal de acuerdo con las necesidades de los servicios y los requisitos necesarios para el desempeño de cada puesto de trabajo”.

Por otra parte, en el periodo fiscalizado por este órgano de fiscalización se señalaba que “no existían, con carácter general”, manuales de procedimiento y normas de organización y funcionamiento de los servicios responsables de la gestión, tales como “intervención, tesorería, contabilidad o personal”.
 


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