Gran parte de los condenados a trabajos en beneficio de
la comunidad han cometido un delito de tráfico, aunque
también hay personas que los realizan por faltas
relacionadas con la violencia de género. En Ceuta
actualmente 31 condenados cumplen con este tipo de condena
privativa de derechos, que conlleva la realización de un
trabajo útil para la comunidad. De ellos, doce han cometido
infracciones de tráfico, ocho delitos de violencia de
género, y el resto están condenados por otro tipo de faltas.
Algunos también cumplen con estos trabajos dentro de
prisión, en el caso de que estén presos por otras causas.
Actualmente más de 30 personas en Ceuta cumplen condena
desarrollando trabajos en beneficio de la comunidad. La
mayoría han superado la tasa de alcohol permitida o han sido
denunciados por conducir sin carné de forma repetida, uno de
los delitos más habituales en la ciudad. Esta pena obliga a
los acusados a prestar su cooperación no retribuida en
determinadas actividades de utilidad pública que pueden ir
desde la limpieza de espacios públicos hasta la colaboración
en entidades sin ánimo de lucro. El artículo 49 del Código
Penal es el que regula esta pena que no puede imponerse sin
el consentimiento del penado y que se realiza a través de
ONG, las administraciones locales, o incluso en prisión
cuando el condenado se encuentra preso por otra causa.
En estos momentos 31 personas realizan estos trabajos en
beneficio a la comunidad en la ciudad. De ellos, doce han
incumplido las normas de tráfico, lo que supone el 38% de
los penados, ocho han sido condenados por violencia de
género y los once restantes cumplen condena por otro tipo de
delitos. Estos trabajos se gestionan a través del Servicio
de Gestión de Penas y Medidas Alternativas y tienen un alto
nivel de cumplimiento por parte de los penados.
El número de jornadas a cumplir, que pueden ir desde las dos
horas de duración hasta las ocho, las impone el juez en
sentencia. Pero la media está en torno a los 60 días en
Ceuta, donde la jornada establecida es de cuatro horas. El
Plan de Ejecución de las condenas se realiza de conformidad
con el acusado, que incluso puede llegar a proponer dónde
cumplir con sus jornadas. No obstante, el magistrado del
Juzgado de Vigilancia Penitenciaria es el encargo de aprobar
este Plan de Ejecución que se elabora en el Servicio de
Gestión de Penas.
Perfil de los acusados
En el caso de que los penados no cumplan con las jornadas de
trabajo o desde la organización donde las realicen tramiten
alguna queja, se comunica al juez de vigilancia que puede
decidir un cambio de destino o incluso deducir testimonio de
sentencia e imputar al condenado por un delito de
quebrantamiento de condena.
A nivel nacional, durante el año 2012, se ejecutaron 121.614
sentencias de trabajos en beneficio a la comunidad y más de
la mitad de ellas, concretamente 61.161, fueron por delitos
contra la Seguridad Vial. En el último estudio del perfil de
las personas condenadas a la pena de trabajo en beneficio de
la comunidad, realizado en 2010, se muestra que el 92% de
las personas que cumplieron este tipo de condena eran
hombres, frente a un 8% de mujeres. El 68,5% de los
condenados en 2010 no trabajaban mientras cumplían con las
jornadas de trabajo, frente al 31,4% que sí tenía empleo.
Para este último grupo de personas, se intenta adaptar el
horario. Habitualmente se cumplen las jornadas de lunes a
viernes por la mañana. Pero, en el Plan de Ejecución se
puede estipular otros horarios, o incluso fines de semana.
Por grupos de edad, el que ocupa de los 25 a los 36 años es
el más numeroso y supone un 31%.
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Los talleres de reeducación buscan un cambio en el
comportamiento y la concienciación del infractor
Los programas formativos o de
reeducación también son una pena alternativa y el artículo
49 del Código Penal faculta el cumplimiento de la pena de
trabajos en beneficio de la comunidad a través de la
participación del penado en talleres. TASEVAL es el taller
de sensibilización sobre seguridad vial cuyo objetivo es
promover el cambio “actitudinal y comportamental”, así como
una mayor concienciación sobre la importancia del
cumplimiento de las normas de tráfico para reducir la tasa
de reincidencia de los usuarios por delitos contra la
seguridad vial, según recoge la web de la Secretaría General
de Instituciones Penitenciarias. Para los condenados por
delitos de violencia de género existe el programa de
intervención para agresores cuya duración es de seis meses,
a los que se añade una fase de seguimiento de tres meses.
Habitualmente, estos programas, se ponen en marcha de forma
inmediata tras la condena y se realiza por parte de la
psicóloga del centro penitenciario en el mismo centro.
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