Tal y como ha aprobado el Gobierno de Vivas, a través de la
Comisión Local de Vivienda, el sorteo será el sistema de
selección de los integrantes de dos grandes cupos: las
unidades familiares del programa de alojamientos
alternativos de la Ciudad (75 viviendas) y el cupo general,
en el que están incluídos los solicitantes de vivienda con
ingresos familiares ponderados hasta 2,5 veces el IPREM
(viviendas resultantes de la asignación de las actuaciones
singulares). El sorteo se efectuará por cupos en acto
público y ante Notario. El anuncio de su celebración se
publicará en el Tablón de anuncios y en la Web de EMVICESA
para conocimiento general. El sorteo se realizará mediante
el sistema de bombo, donde se incluirá una bola por cada uno
de los demandantes de vivienda incluidos en cada cupo,
identificados por el número de orden del listado
participantes al sorteo, que vendrá determinado por el
número de registro de su solicitud.
Proceso de sorteo
En el lugar, día y hora señalados en el anuncio de
celebración del sorteo, donde estarán expuestas las listas
de admitidos de cada cupo, se comenzará a sortear el cupo de
alojamientos alternativos, mediante la extracción de 75
números. La confección de la lista de espera se hará
mediante la extracción de un nuevo número que ordenará de
forma ascendente (número extraído más uno) las solicitudes
admitidas. A continuación se procederá de la misma manera
para sortear el cupo general, mediante la extracción de los
números necesarios y uno adicional para ordenar la lista de
espera. La propuesta de adjudicación para cada tipo de
vivienda, según la composición familiar, se realizará hasta
el total de viviendas disponibles del tipo asignado.
Agotadas las mismas y respecto al tipo de vivienda que se
trate, se dará por finalizado el proceso de acreditación y
propuesta de adjudicación. En el acto de publicación de la
lista de adjudicatarios provisional y una vez determinadas
las necesidades relativas a las actuaciones singulares, se
determinará el número de viviendas de cada tipo (nº de
dormitorios) para cada grupo de unidades familiares antes
señaladas. La participación en el mismo no implica el
cumplimiento de los requisitos generales, al igual que la
selección del sorteo no genera derecho alguno a efectos de
la adjudicación, ya que la acreditación de los extremos
recogidos en las presentes bases se producirá con
posterioridad a la celebración del citado sorteo.
Acreditación de requisitos
Finalizado el acto público del sorteo y a la mayor brevedad
posible, la ponencia técnica procederá a la verificar el
cumplimiento de los requisitos establecidos y en concreto:
Estar empadronado en Ceuta, mediante certificado del padrón;
poseer el nivel de ingresos ponderados adecuado (0-2,5
IPREM), mediante declaración del Impuesto sobre la Renta de
las Personas Físicas 2014. En caso de no estar obligado a
presentarla, será imprescindible declaración negativa o
certificado de empresa; no poseer vivienda, mediante
certificación catastral; ser mayor de edad o menor
emancipado (DNI); ser español o ciudadano comunitario o, en
el caso de ciudadanos extracomunitarios, poseer la
residencia permanente en España y estar al corriente en las
obligaciones tributarias locales y estatales y con la
Seguridad Social.
Tres listado: Provisional, Definitivo y Firme
A partir de los requisitos generales establecidos y
comprobados, la Ponencia Técnica publicará un Listado
Provisional de adjudicatarios (lista integra con 317
adjudicatarios), incluyendo a los excluidos y su causa de
exclusión mediante la inserción en el Tablón de anuncios de
Emvicesa y en su página Web, concediendo un plazo de 20 días
para alegaciones y reclamaciones. Dichas alegaciones serán
informadas por la Ponencia Técnica y presentadas a la
Comisión Local de la Vivienda que aprobará la Lista
Definitiva de Adjudicatarios y excluidos, con indicación de
la causa de exclusión. Esta Lista definitiva será publicada
en el Tablón de Anuncios de Emvicesa y en su pagina Web,
para que en el plazo de un mes los interesados puedan
interponer Recurso de Alzada. Una vez resueltos los recursos
por la Comisión Local de la Vivienda se confeccionará una
LISTA FIRME DE ADJUDICATARIOS.
Sustitución de solicitantes seleccionados
Si tras la propuesta de adjudicación, el solicitante no
llegara a formalizar el correspondiente contrato o una vez
formalizado, el mismo fuese resuelto por cualquier causa, la
vivienda será ofrecida al primer solicitante de la lista de
espera y así hasta su adjudicación, teniendo en cuenta en
todo caso la composición familiar para el tipo de vivienda
vacante. se, EMVICESA estará facultada para resolver la
adjudicación y proceder conforme a lo previsto en la base
6ª. El contrato de arrendamiento se regirá por la Ley de
Arrendamientos Urbanos en general, por el Plan de Viviendas
2009-2012 y el Reglamento 1/2006 de 21 de Septiembre
regulador de las actuaciones protegidas en materia de
vivienda y suelo de la Ciudad de Ceuta o el que lo
sustituya. BASE 8º.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES.- La
incorporación de la solicitudes de vivienda en el proceso de
selección implica la aceptación de las presentes bases. Las
presentes bases sólo tendrán validez para la adjudicación de
las viviendas de la promoción 317 VP en parcela B4 del PP
Loma Colmenar. En todo lo no previsto en las presentes
Bases, será de aplicación la ordenanza de adjudicación de
viviendas BOCCE 4571 de 6 de octubre de 2006 y con carácter
subsidiario la Ley 30/1992 sobre procedimiento
administrativo común.
|