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ACTUALIDAD - LUNES, 20 DE JULIO DE 2015


El consejero de Fomento, Néstor García .

Promoción 317 VP en regimen de arrendamiento Loma Colmenar
 

La Comisión Local comienza el proceso de selección de adjudicatarios para las VPO

Con la publicación de las Bases hoy en el BOCCE, y que reproducimos en estas páginas, comienza el proceso de selección de arrendatarios para las viviendas protegidas de Loma Comenar  

CEUTA
El Pueblo

ceuta
@elpueblodeceuta.com

La Comisión Local de Vivienda aprobó el pasado viernes las bases de la convocatoria para la adjudicación de la promoción de 317 viviendas de Loma Colmenar, en la que se mantiene el doble sistema de situaciones especiales y sorteo. Las Bases fueron propuestas por el presidente de la Comisión, el consejero de Fomento, Néstor García, y salieron adelante con el voto favorable de los representantes del PP y Caballas, la abstención del PSOE y el voto negativo de MDyC y Ciudadanos. Las citadas Bases, que hoy se deben publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE) en una edición extraordinaria, regularán el proceso de selección de arrendatarios para las viviendas de los cupos de discapacitados, del programa de alojamientos alternativos de la Ciudad y del cupo general de inscritos en el registro de demandantes de vivienda. En todo lo no previsto en las dichas Bases será de aplicación la Ordenanza de adjudicación de viviendas BOCCE 4571 de 6 de Octubre de 2006. Las viviendas han sido calificadas definitivamente como protegidas para arrendar en régimen especial a 25 años. Las viviendas tienen vinculados como anejos una garaje y un trastero.

Requisitos generales

Para acceder al uso de una vivienda protegida en arrendamiento, el solicitante habrá de encontrarse inscrito en el Registro público de demandantes de vivienda y presentar una solicitud de participación en el sorteo, según el modelo que se adjunta a las Bases, donde hará constar: ser español o acreditar la condición de residente en España, estar inscrito en el Registro de Demandantes de Vivienda de la Ciudad de Ceuta con una antigüedad mínima de tres meses, ser mayor de edad, acreditar unos ingresos familiares ponderados inferiores a 2,5 veces el IPREM, carecer de vivienda en propiedad, salvo necesidad de vivienda adaptada para discapacitados y acreditar la residencia en Ceuta con un mínimo de 48 meses.

Plazo de presentación

 El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles desde la publicación de las Bases en el BOCCE (21 de julio/31 de julio). La solicitud estará disponible en la página Web de Emvicesa y deberá presentarse en el Registro de Sociedad situado en el Edificio Ceuta Center en horario de 9:00 a 13:00 horas y de 17:00 a 19:00 horas Además, el sábado 25 de julio las oficinas de Emvicesa permanecerán abiertas al público en horario de mañana.

Lista provisional

Finalizado el plazo de solicitudes, se hará pública una lista provisional de solicitantes aspirantes al sorteo en el Tablón de anuncios de Emvicesa y en la página Web. A partir del día siguiente a la publicación, se abrirá un plazo para alegaciones y reclamaciones de 10 días hábiles, las cuales serán informadas por la Ponencia Técnica designada por la Comisión Local de la Vivienda. Resueltas las reclamaciones, se publicará la lista definitiva de solicitantes aspirantes al sorteo y de los excluidos, con indicación de la causa de exclusión.

Exclusiones

Serán causas de exclusión del proceso de selección, conforme a lo dispuesto en el art. 5.3 de la Ordenanza: acreditar ingresos superiores a los máximos ponderados establecidos en el cuadro anexo a estas bases; haber sido titular o adjudicatario de otra vivienda de protección pública y la hubiera enajenado o renunciado a ella o de una vivienda libre y la hubiera vendido en el plazo de un año anterior a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, salvo causa de cambio de residencia o aumento de familia; haber sido desahuciado o expropiado por incumplimiento de la función social de la propiedad de una vivienda de protección pública; Ocupar una vivienda de protección pública sin tener título para ello; no estar empadronado en Ceuta con una antigüedad de 48 meses anteriores a la presentación de la solicitud; Incurrir en falsedad u ocultación en la información facilitada y las demás causas previstas en el art. 5. 3 de la Ordenanza de adjudicación de viviendas
 


Cupo para discapacitados

Las viviendas adaptadas para discapacitados motóricos se adjudicarán de la siguiente forma: Los solicitantes/unidades familiares que tengan acreditada dicha discapacidad se ordenarán de mayor a menor según el grado reconocido, sumando el factor social. Dicha cifra total será la que determine el orden descendiente del cupo. En caso de empate, se aplicará el sorteo. Las viviendas reservadas para los discapacitados no motóricos se ordenarán igualmente de mayor a menor grado de minusvalía, resolviendo en caso de empate por sorteo. El número de viviendas disponibles para discapacitados será el que reste una vez atendidos los realojos necesarios dentro de las Actuaciones Singulares acordadas por la Comisión Local de la Vivienda y determinadas por los servicios Sociales de la Ciudad.
 


Finalizado el plazo de solicitudes se publicará una lista provisional

Finalizado el plazo de solicitudes, se hará pública una lista provisional de solicitantes aspirantes al sorteo en el Tablón de anuncios de EMVICESA y en la página Web. A partir del día siguiente a la publicación, se abrirá un plazo para alegaciones y reclamaciones de 10 días hábiles, las cuales serán informadas por la Ponencia Técnica designada por la Comisión Local de la Vivienda. Resueltas las reclamaciones, se publicará la lista definitiva de solicitantes aspirantes al sorteo y de los excluidos con indicación de la causa de exclusión.
 


Los tipos de viviendas se adjudicarán por el orden resultante del sorteo

Los tipos de viviendas se adjudicarán por el orden resultante del sorteo, en atención al número de miembros integrantes de la unidad familiar, según los siguientes criterios: Viviendas de 1-2 dormitorio, para unidades familiares de 1 o 4 miembros; Viviendas de 3-4 dormitorios a unidades de 5-7 o más miembros. En todo caso, las unidades familiares de 7 o más miembros, tendrán preferencia de adjudicación para las viviendas de 4 dormitorios. El orden entre este tipo de unidades familiares será el establecido por el sorteo.
 


Primero se sorteará el cupo de alojamientos alternativos

Se comenzará a sortear el cupo de alojamientos alternativos, mediante la extracción de 75 números. La confección de la lista de espera se hará mediante la extracción de un nuevo número que ordenará de forma ascendente las solicitudes admitidas. A continuación se procederá de la misma manera para sortear el cupo general, mediante la extracción de los números necesarios y uno adicional para ordenar la lista de espera.



Tres listados: provisional, definitivo y firme

Tras el sorteo se realizaran tres listados. Un Listado Provisional tras verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos, concediendo un plazo de 20 días para alegaciones y reclamaciones. Después de dicho plazo se publicará un listado definitivo, pudiendo los interesados interponer Recurso de Alzada, tras los que se publicará la Lista Firme.
 


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El sorteo se efectuará por cupos en acto público y ante Notario

 


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