Una prueba obtenida de forma ilícita, puede dar al traste
con un procedimiento e incluso darle la vuelta y que el
denunciante resulte acusado. Por ello, es importante la
forma de obtener todas las pruebas para sustentar una
acusación sin violar los derechos fundamentales del imputado
y esta es la idea que transmitió ayer en las V Jornadas
Jurídicas de Ceuta Antonio del Moral, magistrado de la Sala
de lo Penal del Tribunal Supremo. Este juez, que ha ejercido
durante muchos años como fiscal, explicó como en Estados
Unidos tienen claro que cuando hay una prueba ilícita se da
pie a que tanto agentes policiales como las partes
involucradas en un proceso se vean tentadas a saltarse los
derechos fundamentales. Por ello, según señaló durante su
ponencia, lo más eficaz para proteger los derechos
fundamentales es determinar que la prueba obtenida de esta
forma no es válida. “Eso hace que la policía, fiscales y
jueces afinen, y se cree una cultura de respeto a los
derechos fundamentales”, resaltó Del Moral.
“El Estado participa de la violación del derecho fundamental
si luego se aprovecha de su resultado” apuntó para matizar
que esta regla “no debería merecer ninguna excepción”. Sin
embargo, Del Moral señaló que en España existe cierta
ambigüedad respecto a la determinación de una prueba
ilícita. La única manera de que se pueda aceptar en un
proceso es que esta haya sido obtenida de buena fe por
agente o un particular, lo que quiere decir que una persona
se pueda topar con una prueba incriminatoria sin estar
buscándola. Y es que, en la vida real se dan todo tipo de
casos. Algunos de ellos Del Moral los compartió con el
auditorio en una ponencia que no dejó indiferente a nadie.
Por ejemplo, el magistrado de la Sala de lo Penal del
Tribunal Supremo relató un caso reciente de una mujer que,
en trámites de separación, recibió la llamada de la amante
de su pareja para decirle que si quería saber a qué se
dedicaba él buscara en su coche. La mujer halló allí cds en
los que había imágenes de su hermana, con la que convivían
ella y el marido, durmiendo. En las grabaciones se veían las
partes íntimas de la hermana y por ello denunciaron al
hombre. Sin embargo, este fue absuelto y ellas condenadas
por obtener las imágenes sin el consentimiento de él.
El magistrado invitó a todos los presentes a preguntarse
cuál es el fundamento de la prueba ilícita y señaló como la
mayoría de los imputados apuestan por el principio de que
“la mejor defensa es una buena indefensión”. Así, Del Moral
aseguró que, si se entrevistara a los presos, el 99% de
ellos estaría deseando que les violaron sus derechos
fundamentales para tener un resquicio por el que librarse de
la condena. “Algo está fallando”, advirtió el magistrado
para señalar que si la gente quiere que le violen sus
derechos fundamentales, es algo que hay que analizar. “Lo
malo de tener todas las garantías en un proceso es que el
imputado sabe que estará condenado”.
Del Moral alertó de que los juristas hace mucho tiempo que
no se hacen la pregunta de por qué una prueba es ilícita y
qué es lo que la lleva a ser invalidada. Aunque apostó por
mantener este modelo, sí que señaló que hay que saber por
qué se aplica y de donde viene ya que, recordó, la prueba
ilícita no devuelve el derecho vulnerado, aunque si revoca
las consecuencias de que esta prueba fuera aceptada.
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