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economía - DOMINGO, 7 DE JULIO DE 2013

 

participaciones preferentes

Las argucias bancarias para continuar engañando a los reclamantes de dinero

CEUTA
El Pueblo

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@elpueblodeceuta.com

En los temas judiciales, las entidades financieras lo primero que hacen es alegar caducidad en la contestación a la demanda. En mayo las entidades financieras propusieron a los afectados, cuatro años después de la contratación masiva de acciones Prefentes, un canje, “cuando hay una serie de requisitos legales en cuanto a la caducidad -dice Carlos Alonso-, no desde que se firma sino desde que se tiene conocimiento de ese vicio”. El deber de información, por normativa del sector, hay que respetarlo: utilización de lenguaje claro y comprensivo, expresando qué tipo de producto se vende. Como esta situación no se ha dado, los jueces consideran el contrato nulo, ya que se incumple el deber de diligencia, acerca de la prudencia que ha de prevalecer, al atender el experto a quien acude a él, ya que hay “obligación de ser prudente” en los negocios y aquí se trataba de productos de alto riesgo.
 


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