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sociedad - LUNES, 27 DE AGOSTO DE 2012

 

medio ambiente

Reducir el uso de recursos no renovables o mejorar la calidad ambiental en zonas urbanas, entre los objetivos mínimos

CEUTA
P. Gardeu

ceuta
@elpueblodeceuta.com

El planeamiento urbanístico propuesto para Ceuta supone “un ajuste completo” a los objetivos medioambientales que establece la normativa medioambiental vigente, según recoge el informe de sostenibilidad ambiental elaborado en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU). En este se establece que deben cumplirse de manera “estricta y rigurosa” los objetivos medioambientales. De este modo, el ajuste a la normativa y a las directrices de ordenación territorial y de sostenibilidad medioambiental hará que la propuesta de planeamiento urbanístico para el municipio ceutí finalmente realizada se convierta “en una alternativa válida”.

Estos objetivos mínimos parten de que es preciso “hacer un uso condicionado de los recursos naturales no renovables que garantice la no reducción de los depósitos disponibles para generaciones futuras”. “Es preciso utilizar los recursos naturales renovables (bosques, pesca, aire, ríos) por debajo del límite natural de su capacidad de regeneración”, explica el texto.

El uso y gestión de sustancias peligrosas y residuos es otro de los objetivos. Se debe “utilizar la menor cantidad posible de sustancias peligrosas y minimizar la producción de residuos”.

Mantener y mejorar el patrimonio natural (flora, fauna, valores fisiográficos, geológicos y paisajísticos) para el disfrute y beneficio de generaciones futuras o proteger la cantidad y calidad de los recursos existentes y mejorar los degradados son otros de los objetivos planteados para la puesta en marcha del Plan General.

También se contempla el mantenimiento y mejora de recursos del patrimonio histórico y cultural. “Es preciso proteger la atmósfera reduciendo y eliminando la emisión de contaminantes relacionados con el cambio climático, la contaminación fotoquímica, la destrucción de la capa de ozono y la acidificación; así como impulsar la información y la formación ambiental”, apuntan.

Normativa

Estos “objetivos ambientales mínimos” considerados en la elaboración del Plan General de Ordenación Urbana derivan de la normativa vigente. En los últimos años se ha desarrollado un nutrido conjunto de Leyes, Decretos, Reales Decretos, Directivas, Resoluciones y demás figuras de carácter legal, en relación con los factores ambientales afectados por el Plan elaborado, y en concreto sobre el medio ambiente, la ordenación territorial y el patrimonio cultural.
 


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