El borrador del Real Decreto que recogerá la implantación
del Sistema Nacional de respuesta ante la contaminación
marina incluye, entre otros aspectos, las “fases y
situaciones de emergencia” que podrían darse en aguas y
costas españolas. La primera fase será la de “alerta”, la
cual “implicará la puesta en disposición de actuar de los
medios y recursos movilizables”. En la segunda fase, la de
“emergencia”, se movilizarían estos medios y recursos en
relación a diferentes situaciones y magnitudes de la
incidencia. Por ejemplo, la “situación 0” supondría una
contaminación marina de pequeña magnitud y peligrosidad; la
“situación 1” sería media y por último, la “situación 2” se
prodduciría cuando “los medios disponibles activados en la
situación 1 sean insuficientes” o cuando “la zona afectada o
amenazada” por la contaminación marina sea “especialmente
vulnerable”. El Sistema contará en estas emergencias con el
protocolo de los “Planes Territoriales”.
|