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ACTUALIDAD - DOMINGO, 4 DE SEPTIEMBRE DE 2011

 

JUSTICIA Y SANIDAD

Los Penales de la ciudad, a expensas de
juicio para el ‘caso Rosello’ y el de los ‘neonatos’

CEUTA
Cristina Marzán

ceuta
@elpueblodeceuta.com

Los dos Juzgados de lo Penal se harán cargo, próximamente, de dos conocidos casos que sentarán en el banquillo de los acusados a varios médicos del Ingesa sobre los que recae la imputación por un presunto delito de homicidio por imprudencia grave con resultado de muerte. El ‘caso Rosello’, en el que se produjo la defunción de una ceutí y posteriormente la de su bebé en el hospital de la provincia gaditana por un fallo cardíaco y la cesárea de emergencia practicada. Y el ‘caso de los neonatos’, los bebés fallecidos en el Ingesa en 2006. Ambos procedimientos continúan en los juzgados de Instrucción a expensas de la presentación de los últimos escritos de la defensa para así derivarlos a la competencia penal, según confirmaron fuentes judiciales.

En el primero de los casos citados, la ceutí Pilar Rosello, gestante de 38 semanas, falleció por un fallo cardíaco grave en el hospital del Ingesa. El parte de defunción relatado por el centro sanitario alegó muerte natural, por lo que el marido de la fallecida interpuso la denuncia. Los forenses trasladaron al magistrado del Juzgado de Instrucción número 3 los resultados de la autopsia de la fallecida y el historial clínico de la misma. Días después, la neonata falleció en la Unidad de Neonatología del hospital de Cádiz después de que su padre autorizase su desconexión a una máquina.

Para la Fiscalía, al igual que para el juez que llevó la instrucción del procedimiento, la intervención y participación de la ginecóloga, el cardiólogo y el doctor que atendieron a los pacientes en noviembre de 2008 en el Ingesa, pueden ser constitutivas de delito penal, de ahí que solicite una sentencia condenatoria para los tres encausados, que podrían enfrentarse a penas de dos años de prisión por cada delito de homicidio imprudente, lo que suma cuatro años de cárcel. Además de la inhabilitación para el ejercicio de la profesión médica durante el periodo de cuatro años y la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

‘Caso de los neonatos’

El 29 de noviembre de 2006, sobre las tres de la madrugada, la madre de los bebés ingresó en el hospital aquejada de un dolor que, desde el Servicio de Urgencias y dado que su dilatación para el parto era completa, fue remitida al Servicio de Ginecología para efectuar una ecografía. Sobre las 03.25 horas, se produjo el alumbramiento del primer feto, mujer de 490 gramos de peso; y las 03.35 horas, la expulsión del segundo, varón de 475 gramos. Ambos nacieron vivos. En el Registro Sanitario del peso constaba que el varón nació con “550 gramos, y rectificado con el porta; sin él, 490”. El Registro Sanitario de la mujer reflejaba tachaduras antes del sexo un peso de 520 gramos y añadido fuera del recuadro, “con el porta; sin el peso, 475 gramos”.

Según el relato de acusación de la Fiscalía, el primer acusado llamó al segundo por teléfono, el cual suministró información errónea de fetos de 24 semanas, concluyendo ambos de común acuerdo, sin más comprobaciones, la inviabilidad, de la que se deriva la limitación en la intervención con los recién nacidos, en una modalidad extremó que acabó con una agonía mortuoria de más de diez horas a la que no se aplicó ningún paliativo.

Los acusados, actuando en calidad de reanimador neonatólogo uno, y de pediatra otro, realizaron la valoración de inviabilidad de los fetos con datos obtenidos antes del alumbramiento.
 


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