Una normativa regula la uniformidad de las Fuerzas Armadas.
Ésta dice que el personal femenino deberá llevar un color de
pelo natural; la longitud del peinado deberá permitir la
correcta colocación de la prenda de cabeza; el cuello debe
de quedar despejado y, en caso de llevar melena, ésta irá
recogida con moño. Para la realización de ejercicio físico
(instrucción o deportiva), la mujer podrá llevar coleta o
trenza.
La normativa también habla de los complementos, que serán de
uso exclusivo para personal femenino. Si lo llevan, deben
hacerlo en pareja, uno en cada lóbulo, sólo uno por oreja y
que sean pendientes del tipo perla. En lo referente al
maquillaje, se dice que no será ostentoso y que se limitará
a colores naturales, tanto en actos militares como en la
jornada diaria. Sombras de ojo, lápiz de labios y otros
maquillajes serán de colores pálidos. Se dice también que el
esmalte de las uñas será transparente y se podrá usar con
todos los uniformes. En jornadas de campaña, los
complementos son eliminados casi en su totalidad para las
mujeres. Queda prohibido el uso de pulseras (salvo que sean
discretas) y collares. Se pueden utilizar algunas sortijas y
gafas
En cuanto al hombre, se habla del bigote, de la barba y de
las patillas. El pelo siempre irá rasurado; orejas y cuello,
visibles.
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