Entre las mociones de urgencia los socialistas han elevado
al Pleno el desarrollo de normativa reguladora para la
concesión de la ayuda social a mujeres víctimas de malos
tratos. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de
Medidas de Protección Integral contra la Violencia de
Género, establece en su artículo 27 el derecho a percibir
una ayuda económica a las mujeres víctimas de esta
violencia.
La consejera de Sanidad y Bienestar Social, Yolanda Bel, ha
mostrado total apoyo a la moción que ha salido aprobada por
unanimidad en la sala.
La Ley establece umbrales para estas ayudas situados en un
determinado nivel de renta y respecto de las que se presume
que debido a su edad, falta de preparación general o
especializada y circunstancias sociales, tengan especiales
dificultades para encontrar empleo.
Requisitos
Este derecho de ayuda económica ha sido desarrollado por
Real Decreto y dos son los requisitos que la persona
solicitante debe reunir. En primer lugar carecer de rentas
que en computo mensual superen el 75 por ciento del Salario
Mínimo Interprofesional vigente y tener especiales
dificultades para obtener un empleo que se acreditará a
través del informe del Servicio Público de empleo.
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