El especial régimen económico y
fiscal de la Ciudad Autónoma de Ceuta, como el de Melilla o
la especial situación del archipiélago canario debe ser
objeto de protección necesaria por la situación de
extrapeninsularidad existente en estos tres concretos casos.
Un régimen económico y fiscal que procura el atractivo
necesario como para que Ceuta, por ejemplo, se beneficie de
este modo de un incremento en la inversión privada, de una
situación un tanto más atractiva para el trabajador de estas
zonas alejadas de la península y que cuentan, por ello, con
inconvenientes propios de su residencia.
Es evidente que el residente cuenta con unos privilegios
fiscales que marcaban una distancia concreta respecto de los
residentes en península. El hecho de que la reforma fiscal
llevada a cabo implique reducciones del IRPF para el 60% de
los contribuyentes peninsulares supone que éstos aproximen
sus tramos deductivos con los que eran de aplicación en
Ceuta, salvo que el Gobierno informe de lo contrario. Es,
por así decirlo, un acercamiento en la diferencia fiscal
existente entre los declarantes en Ceuta respecto de los que
lo hacen en la península. Siempre es bien saludado una
rebaja fiscal, un descuento en los impuestos, una relajación
para el contribuyente; siempre es bienvenida una medida del
estilo. Cierto es que aún sería más saludada, y aún más
bienvenida si ésta se produjera para todos.
Es lógico pensar que los residentes en Ceuta, Melilla,
Canarias; individuales, empresas, sociedades... deseen
mantener su estatus fiscal en distancia respecto de lo
peninsular. Si se habla del 50% de reducción es lógico pedir
que esa horquilla se mantenga.
De momento, todos nos debemos beneficiar, o no, de la
reforma propuesta por el Gobierno. Aún falta una mayor
información al respecto. El PP ha analizado parte y solicita
la atención tenida siempre a Ceuta en este tenor. Esperamos
pues más información.
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