PORTADA DE HOY
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ACTUALIDAD - MARTES, 20 DE
OCTUBRE DE 2015 |
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imagen de la tragedia del tarajal. e.p. |
Inmigración / 6-F Tragedia en el Tarajal
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Presentado el primer recurso contra el
archivo de la tragedia del Tarajal |
La
asociación Coordinadora de Barrios, como acusación
popular, defiende que “la conclusión de la
instrucción es prematura por no haberse agotado la
instrucción del procedimiento”
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CEUTA
El Pueblo
ceuta@elpueblodeceuta.com |
La acusación popular formalizará este lunes un recurso de
reforma ante el juzgado ceutí que el pasado jueves decretaba
el sobreseimiento provisional de la causa de la tragedia del
Tarajal, en la que murieron 15 personas en febrero de 2014.
Las ONG, entre ellas CEAR, trabajan paralelamente en la
apelación que tendrán que presentar ante la Audiencia
Provincial de Cádiz.
“La conclusión de la instrucción es prematura por no haberse
agotado la instrucción del procedimiento” y “hasta ahora
existen indicios racionales de criminalidad hábiles y
suficientes para sostener la acusación contra los presuntos
responsables de los hechos”, son los dos motivos principales
por los que la asociación Coordinadora de Barrios, en
representación de la acusación popular, presentó este lunes
el recurso de reforma ante el juzgado de instrucción número
seis de Ceuta, cuya titular decretó el archivo provisional
del caso el pasado jueves 15 de octubre.
La acusación popular enumera una serie de diligencias cuya
realización considera fundamentales antes de tomar una
decisión. La primera, que no se puede cerrar este caso sin
esperar a que se revisen las autopsias practicadas a los
nueve cadáveres que aparecieron en aguas marroquíes, y que
la propia jueza había demandado a Marruecos a través de una
comisión rogatoria, “resulta imprescindible para el
procedimiento esperar a dichas autopsias máxime cuando las
autopsias practicadas en España han omitido la realización
de análisis tóxico-químicos y anatomapatológicos
imprescindibles para la investigación de los hechos”, se
señala en el recurso al que ha tenido acceso la Cadena SER.
Otra diligencia que Coordinadora de Barrios considera
“ineludible para el esclarecimiento de los hechos” es “la
identificación de los cadáveres que se hallan enterrados en
España, diligencia de investigación que fue acordada
mediante providencia de fecha 4 de Febrero de 2015, y que
todavía no se ha verificado. Esta identificación permitiría
además esclarecer aspectos importantes del procedimiento
tales como si las víctimas sabían nadar o no” señala el
recurso.
“Se hace necesario recabar el testimonio de los
supervivientes de la tragedia, víctimas del delito de
lesiones y que constan identificados los informes médicos”
reclama también la letrada de la Asociación. “Corresponde a
la investigación judicial el agotar todos los medios para la
identificación y localización de estas personas que fueron
ilegalmente devueltas a Marruecos, ni se ha librado Comisión
Rogatoria para su identificación e interrogatorio ni se ha
efectuado Diligencia alguna para investigar si han accedido
a territorio nacional”, dos diligencias que tampoco se han
practicado hasta el momento.
Frente a las tesis de la jueza, que en el auto de
sobreseimiento del 15 de octubre aseguraba que los migrantes
que intentaron entrar a España a través del espigón de la
playa del Tarajal el 6 de febrero de 2014 “asumieron el
riesgo” y que “no existe ningún indicio que permita afirmar
que los agentes imputados hicieron un uso inadecuado del
material antidisturbios”, la acusación popular señala “y
pese a las diligencias de investigación pendientes de
practicar[...] se desprende indiciariamente sin ningún
género de duda que el 6 de febrero los agentes de la Guardia
Civil que formaban el operativo desplegado en la Playa del
Tarajal y espigón anexo dispararon contra las personas que
se encontraban en el mar intentando acceder a suelo español,
material antidisturbios consistente en pelotas o balas de
goma y fumígenos o gases lacrimógenos y resulta
indiciariamente acreditado que a consecuencia de dichos
disparos fallecieron al menos 15 personas, resultando otras
tantas lesionadas” por lo que consideran que existen
“indicios racionales de criminalidad por delitos de
homicidios imprudentes y lesiones que a continuación se
detallan y que permiten, a juicio de esta parte, fundar la
continuación del procedimiento” reclama la acusación popular
en el recurso de 15 páginas que fue entregado ayer en el
juzgado ceutí.
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La Fiscalía de Ceuta no recurrirá el archivo de la causa de
la tragedia del Tarajal
La Fiscalía de Ceuta “coincide”
con los argumentos utilizados por la titular del Juzgado de
Instrucción número 6 de la ciudad autónoma para decretar el
sobreseimiento de la causa abierta por el fallecimiento de
15 migrantes de origen subsahariano el 6 de febreo del año
pasado y no recurrirá su auto ni en reforma ni en apelación,
según han informado fuentes del Ministerio Público este
lunes.
La Fiscalía de Área sí se opuso en enero al auto de
inhibición dictado por la juez Serván en favor de la
Audiencia Nacional, que fue rechazado, no tomarán el camino
anunciado por al menos tres de las entidades que forman la
acusación popular para recurrir ante la Audiencia Provincial
de Cádiz.
Con su silencio, el Ministerio Público se adhiere al
criterio de la juez para ordenar el sobreseimiento,
provisional (a la expectativa de si Marruecos contestase a
la Comisión Rogatoria por las autopsias de diez cadáveres)
en el caso de las diligencias instruidas durante más de un
año y medio contra varios guardias civiles por los presuntos
delitos de homicidio y lesiones imprudentes y libre en el de
las del supuesto delito de prevaricación.
En el primer caso, la juez ha entendido que los guardias
actuaron “en el ejercicio de su función de custodia y
vigilancia de la frontera, que exige impedir la entrada
ilegal de personas en territorio nacional salvo por los
lugares legalmente habilitados al efecto” bajo el amparo de
la posibilidad de “utilizar medios antidisturbios
reglamentarios, siempre ajustados a los principios de
oportunidad, congruencia y proporcionalidad”.
“Las circunstancias concurrentes el 6 de febrero de 2014”,
ha concluido, “legitimaron el uso de material antidisturbios
por los agentes de la Guardia Civil, quienes estaban
obligados a emplearlo en el ejercicio de su función de
protección de la frontera española”.
Desde su punto de vista los inmigrantes que participaron en
el intento de salto en grupo del espigón marítimo “no eran
personas en peligro en el mar que precisasen ayuda” sino que
“asumieron el riesgo de entrar ilegalmente en territorio
español por el mar a nado, en avalancha, aprovechando la
noche, vistiendo gran cantidad de ropa y haciendo caso omiso
a las actuaciones disuasorias tanto de las fuerzas
marroquíes como de la Guardia Civil”.
En el caso de la presunta prevaricación por la ‘devolución
en caliente’ de 23 extranjeros a territorio del país vecino
ha dictaminado que los funcionarios los entregaron a
Marruecos “conforme a una práctica admitida e impuesta por
el Ministerio del Interior con cobertura legal en este
momento”.
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