Dado que los Foros de la Educación en Ceuta y Melilla se
crean en 2009 sin competencia para dictaminar la normativa
que les afecta (que atribuye a la Comisión Permanente del
Consejo Escolar del Estado); con serias limitaciones al
funcionamiento,… y que constituyen un sucedáneo de Consejo
Escolar territorial.; que en ocasiones anteriores el Pleno
del Consejo Escolar del Estado ha apoyado la creación de los
Consejos Escolares de Ceuta y el Consejo Escolar de Melilla
y que la comunidad educativa de Ceuta y la de Melilla está
excluida actualmente en la “participación efectiva” de la
“programación general de la enseñanza” como marca la
Constitución al no poder dictaminar la normativa que les
afecta, el Consejo Escolar del Estado recomienda al
Ministerio de Educación, Cultura y Deportes que la
participación señalada en la Constitución y en la LODE se
realice mediante la creación de los respectivos Consejos
Escolares de Ceuta y de Melilla, con sus competencias
correspondientes”.
Por último, con objeto de tener una imagen clara de la
situación en cada una de las ciudades autónomas, el Consejo
Escolar del Estado recomienda al MECD, así como a todos los
servicios públicos de estadística que diferencien los datos
de Ceuta y los de Melilla.
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