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sucesos - LUNES, 16 DE JUNIO DE 2014

 

tribunal supremo

La nueva sentencia añade una falta
de lesiones a las ya imputadas en 2013

CEUTA
El Pueblo

ceuta
@elpueblodeceuta.com

La sentencia emitida por el Tribunal Supremo viene a ratificar la de la Audiencia Provincial y la única modificación que realiza es en torno a la herida sufrida por el propietario de Almacenes Susi en el hombro derecho. Al respecto, la sentencia señala que en definitiva, y con ello dan respuesta, parcialmente favorable a los recurrentes, estiman que dicha lesión consistente en rotura fibrilar del hombro derecho debe ser calfiicada como constitutiva de una falta de lesiones por imprudencia grave, falta de imprudencia de la que son autores los tres agentes policiales indicatos, quienes deben ser sancionados. Asi mismo, señalan que esta nueva falta de lesiones por impurdencia es independiente de la otra falta de lesiones dolosas por las que fueron condenados los tres agentes en relación a los hematomas y excoriaciones que se mencionan también los recursos, que fueron calificadas ya como falta de lesiones dolosas en las que concurrió la agravante de abuso de superioridad por parte de los agentes que intervinieron.

Cuatro años de litigio

No obstante, en la sentencia a la que ha tenido acceso EL PUEBLO también se especifica que en esta nueva infracción no procede aplicar la agravante de abuso de superioridad. Con esta sentencia se pone fin a un proceso que lleva abierto más de cuatro años desde que se produjeron los hechos. Esta sentencia da respuesta a las peticiones de los propietarios de Almacenes Susi. Sin embargo, los agentes han visto como se rechazaban sus argumentos, ya que siguen siendo los únicos culpados en este caso en el que hubo cruce de denuncias entre ambas partes.
 


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