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ACTUALIDAD - VIERNES, 11 DE ABRIL DE 2014


Pedro Gordillo, durante el juicio. e.p.

Sentencia / ‘Caso Gordillo’
 

Gordillo, absuelto del abuso sexual que denunciaba Sineb

El tribunal de la Audiencia Provincial entiende
que las relaciones entre ambos fueron “absolutamente consentidas” y que no hubo abuso de autoridad
 

CEUTA
El Pueblo

ceuta
@elpueblodeceuta.com

Absuelto. Este ha sido el fallo del tribunal de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta que entiende que Pedro Gordillo no es culpable de los delitos de abusos sexuales y abuso en el ejercicio de la función con solicitud sexual de los que se le acusaba con carácter continuado, así como del delito de acoso sexual subsidiariamente imputado, por los que le denunció Sineb Ahmed en 2009. El tribunal, presidido por Fernando Tesón, señala que en la grabación que Ahmed presentó donde se veía como le practicaba una felación a Gordillo “se apreciaba sin ninguna duda una relación absolutamente consentida”. Y no sólo por el video, sino por el resto de pruebas practicadas durante el juicio, el tribunal manifiesta que puede extraerse claramente de ellas “la existencia de una situación de necesidad apremiante de la denunciante que la llevó a consentir, posiblemente muy a su pesar y desde un profundo e íntimo rechazo, una relación que ella pensaba que podría servirle de medio para solucionar su grave problema económico y familiar, pero que no dejaba de ser una decisión libre y voluntaria de una persona adulta que no sufría ningún tipo de deficiencia o afectación relevantes en sus capacidades intelectivas o volitivas”.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso EL PUEBLO, también destaca como “muy significativa” la actitud de Sineb en el video que ella mismo aportó y que ha sido una de las principales pruebas en el proceso. “Resulta significativa la naturalidad con que se prestó a dichos actos sexuales que, no olvidemos, ella misma estaba grabando a través de su teléfono móvil y que realizó de una forma mecánica y con absoluta indiferencia y frialdad, mientras proseguía sin cesar hablando de su problema, tomando ella en alguna ocasión la iniciativa y en otras dirigiéndole -a Gordillo- frases distentidas o en tono jocoso como “¡Que malo eres!”, para terminar dirigiéndose, según su propia manifestación, a un cafetería cercana en donde tomó un café y un trozo de trata”.

Para el tribunal, no procede calificar los hechos como abuso sexual porque no hay un desnivel notorio entre las posiciones de ambas partes, en el que una de ellas se encuentra en una situación de inferioridad que restrinja su capacidad de decidir libremente y la otra se aproveche. Por todo ello, absuelven a Pedro Gordillo, así como al Estado de la pretensión que contra el mismo se ejerce como responsable civil subsidiario. No obstante, contra la sentencia cabe recurso, algo que ya anunció la acusación que interpondría si el fallo no le era favorable.

Esta sentencia es la primera respuesta que se da a unos hechos que salieron a la luz pública a final de 2009 y que provocaron la salida de Gordillo del mundo político. Tras esto, el ex vicepresidente del Gobierno local tuvo que esperar más de cuatro años para defender su inocencia desde un banquillo. El pasado 4 marzo se sentó ante el tribunal de la Audiencia Provincial para asegurar que él había sido víctima de los intereses de quien le acusaba de un delito contra la libertad sexual, Sineb Ahmed. Después de que esta mujer grabara uno de sus encuentros, el video se filtró a la prensa provocando la dimisión de Gordillo. El que fuera presidente del PP ceutí y vicepresidente del Gobierno de Juan Vivas reconoció ante el tribunal que mantuvo relaciones con Sineb, pero que estas fueron consentidas, es más, que incluso la mujer se le insinuó. “Me insinuaba cosas y yo entré al trapo”, lamentó Gordillo, que añadió: “Es verdad que he tenido relaciones, pero nunca forzadas y no por iniciativa mía”. “Ella elegía el tipo de relación y ahora entiendo por qué, la felación era la única manera de grabarme”, apuntó. Ahora, el tribunal le ha dado la razón y le ha absuelto de los cargos por los que se le imputaba.
 


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