Desde el Colegio de Abogados apuestan por la mediación como
la forma idónea para desatascar los juzgados y arreglar los
asuntos de manera más rápida. La decana del colegio ceutí,
Isabel Valriberas, señala como la mediación es un modo
“idóneo” para solucionar conflictos antes de llegar ante un
juez y señala como los letrados hacen “mucha mediación en
los despachos”. “Esa es un labor del abogado que normalmente
no se ve, pero hay muchos asuntos que no llegan a los
tribunales por mediación de los abogados”, cuenta Valriberas.
El pasado viernes, el Boletín Oficial del Estado (BOE)
publicaba un Real Decreto en el que se desarrollan
determinados aspectos de la Ley de mediación en asuntos
civiles y mercantiles. El Real Decreto se centra en cuatro
aspectos con los que se pretende configurar un modelo en el
que la figura del mediador, como responsable de dirigir un
procedimiento cuyo propósito es facilitar el consenso en
situaciones de conflicto, sea pieza esencial de este
instrumento complementario de la Administración de Justicia.
Los aspectos más importantes son la formación del mediador,
su publicidad a través de un registro dependiente del
Ministerio de Justicia, el aseguramiento de su
responsabilidad y la promoción de un procedimiento
simplificado de mediación por medios electrónicos para la
reclamación de cantidades inferiores a 600 euros.
La formación del mediador parte de una concepción abierta,
en la que, con una duración mínima de 100 horas, se asegura
una parte teórica y otra práctica (que supondrá al menos el
35% del total). También incluirá unos requisitos mínimos
para asegurar la actualización de los conocimientos.
El Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación, que
facilitará la publicidad y transparencia de esta actividad,
consistirá en una base de datos informatizada a la que se
accederá gratuitamente a través de la página web del
Ministerio de Justicia.
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