PORTADA DE HOY
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ACTUALIDAD - MARTES, 3
DE DICIEMBRE DE 2013 |
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juan vivas. archivo. |
TRIBUNAL DE CUENTAS / Informe Anual de
la Ciudad Autónoma de Ceuta, ejercicios
2008 y 2009
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Otro tirón de orejas del Tribunal de
Cuentas al Gobierno de Vivas |
El
Tribunal de Cuentas vuelve a propinar una sonora
bofetada a la gestión del Partido Popular al frente
del Administración ceutí con el Informe Anual
relativo a los ejercicios 2008 y 2009
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CEUTA
El Pueblo
ceuta@elpueblodeceuta.com |
El Tribunal de Cuentas retrata de nuevo al Gobierno de
Vivas. Aunque los informes se refieran a hace varios años
las irregularidades se mantienen y repiten informe tras
informe.
La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de
Cuentas, en su sesión del día 24 de septiembre de 2013, a la
vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del
Informe Anual de la Ciudad Autónoma de Ceuta, ejercicios
2008 y 2009 acordó “tomar las medidas necesarias para
subsanar la existencia de numerosas deficiencias de índole
contable: valoración del inmovilizado sobrevalorada por
errores de contabilización de diversa naturaleza; ausencia
de dotaciones a la amortización; ausencia de registro de
gastos derivados de compromisos adquiridos relativos a
ejercicios futuros; existencia de gastos devengados pero
contabilizados en ejercicios posteriores; y sobrevaloración
de los ingresos procedentes de la AGE y del Fondo de
Cohesión”.
Además, la Comisión Mixta ha acordado instar al Gobierno de
la Ciudad Autónoma a “rendir las cuentas generales en los
plazos legales establecidos y a hacerlo de forma íntegra y
adoptar las medidas necesarias para que se lleve a cabo,
para el conjunto del sector público ceutí, la rendición de
sus cuentas en plazo y con integridad de los documentos que
deben conformarlas, evitando los retrasos con que se han
rendido en los últimos ejercicios”.
Además exige “establecer un correcto sistema de gestión de
las líneas de subvención y de control financiero por la
Intervención General de la Ciudad, de forma que facilite el
análisis y consecuente control sobre la naturaleza de las
ayudas concedidas y los criterios considerados para la
concesión”. En este sentido, demanda “limitar la concesión
directa, a través de convenios de colaboración, de
subvenciones y ayudas públicas a los supuestos
excepcionalmente admitidos en la normativa reguladora de las
subvenciones públicas, y en cualquier caso, definir con
mayor precisión el objeto y gasto subvencionable establecido
en los convenios reguladores de las ayudas.”
Además, cuando hoy está previsto la aprobación en el Pleno,
de la reestructuración del sector público periférico, el TC
insta a “revisar y analizar la oportunidad del mantenimiento
de las inversiones efectuadas en determinadas sociedades
públicas, atendiendo a la actividad desarrollada por éstas
en relación con su objeto social y a su recurrente situación
deficitaria, de acuerdo con los criterios de eficacia y
economía en la utilización de los recursos públicos”.
En cuanto al sistema contable el TC exige “continuar con la
depuración y regularización de los saldos antiguos o sin
movimiento de los deudores y acreedores presupuestarios y no
presupuestarios y usar, en el sistema de información
contable, módulos de proyectos y gastos con financiación
afectada y registrar y llevar a cabo el oportuno seguimiento
de los compromisos de gastos e ingresos para ejercicios
futuros”.
El TC advierte también la necesidad de “tener en cuenta en
la elaboración de los próximos presupuestos, los compromisos
devengados en ejercicios anteriores que no pudieron ser
registrados contablemente por insuficiencia de crédito, a
efectos de una más eficiente ejecución presupuestaria que
haga posible atender sin dificultad las necesidades de gasto
previstas para cada ejercicio corriente”. El TC tambien
demanda que se establezcan “ las bases de ejecución de sus
presupuestos los criterios para la determinación de los
derechos de difícil o imposible recaudación, teniendo en
cuenta tanto la naturaleza y antigüedad de las deudas como
sus porcentajes de recaudación y realización”.
Otro objetivo marcado por el TC es el de “establecer las
medidas oportunas encaminadas a lograr que los gestores de
la Administración cese en la práctica financiera de aprobar
modificaciones de crédito que no cuenten con la cobertura
financiera necesaria de acuerdo con las correcciones y
salvedades”.
Una vez más el Tribunal de Cuentas señala la necesidad de
“agilizar los trabajos para la elaboración y aprobación de
la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración de la
Ciudad, con el contenido previsto en la legislación básica
sobre la función pública”.
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Rendición de cuentas fuera de plazo establecido
Rendir las cuentas generales en
los plazos legales establecidos y a hacerlo de forma
íntegra. Adoptar las medidas necesarias para que se lleve a
cabo, para el conjunto del sector público ceutí, la
rendición de sus cuentas en plazo y con integridad de los
documentos que deben conformarlas, evitando los retrasos con
que se han rendido en los últimos ejercicios.
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Limitar la concesión directa a través de convenios, de
subvenciones y ayudas públicas
Establecer un correcto sistema de
gestión de las líneas de subvención y de control financiero
por la Intervención General de la Ciudad, de forma que
facilite el análisis y consecuente control sobre la
naturaleza de las ayudas concedidas y los criterios
considerados para la concesión. Limitar la concesión
directa, a través de convenios de colaboración, de
subvenciones y ayudas públicas a los supuestos
excepcionalmente admitidos en la normativa reguladora de las
subvenciones públicas, y en cualquier caso, definir con
mayor precisión el objeto y gasto subvencionable establecido
en los convenios reguladores de las ayudas.
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Inversiones en sociedades públicas
Revisar y analizar la oportunidad
del mantenimiento de las inversiones efectuadas en
determinadas sociedades públicas, atendiendo a la actividad
desarrollada por éstas en relación con su objeto social y a
su recurrente situación deficitaria, de acuerdo con los
criterios de eficacia y economía en la utilización de los
recursos públicos
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Agilizar la aprobación de la Relación de Puestos de Trabajo
Agilizar los trabajos para la
elaboración y aprobación de la Relación de Puestos de
Trabajo de la Administración de la Ciudad, con el contenido
previsto en la legislación básica sobre la función pública.
Y establecer las medidas oportunas encaminadas a lograr que
los gestores de la Administración cese en la práctica
financiera de aprobar modificaciones de crédito que no
cuenten con la cobertura financiera necesaria de acuerdo con
las correcciones y salvedades.
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Justificar debidamente los expedientes de contratación
Justificar debidamente en los
expedientes la necesidad de la contratación, concretar con
precisión en los pliegos los métodos de puntuación o baremo
de los criterios de adjudicación, en aras de asegurar el
principio de igualdad de trato de los licitadores, así como
dar prioridad a la valoración de las bajas económicas no
temerarias, considerándose la apreciación de temeridad como
una presunción a resultas de las justificaciones de las
bajas presentadas por los licitadores y en función de la
media de las mismas.
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Restringir la utilización de ‘emergencia’
Restringir la utilización del
procedimiento de emergencia y del negociado sin publicidad a
los supuestos estrictamente establecidos en la normativa y
justificar documentalmente su procedencia en cada uno de los
expedientes. Someter los proyectos de obras a la supervisión
de oficinas o unidades administrativas especializadas en
dicha función y dotadas de personal técnico adecuado.
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Supervisión y replanteo de los proyectos de ejecución de
obras
En el ámbito contractual, reiterar
las fases de supervisión y replanteo de los proyectos de
ejecución de obras en aquellos casos en los que la fecha de
aprobación de los mismos presente una notable dilación
temporal en relación con las autorizaciones de inicio de la
contratación para la construcción, a efectos de lograr una
correspondencia de su contenido con la realidad física y
jurídica en que inciden, evitando posteriores modificaciones
o retrasos en la ejecución.
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