El pasado martes la Ciudad y las centrales sindicales con
representación en la Administración Local dieron un
importante paso en la consecución e implantación de una
Relación de Puestos de Trabajo tras aprobar el Reglamento
Regulador de la RPT. Tal y como informó EL PUEBLO, muchos
han sido los “tiras y aflojas” que ambas partes han vivido
durante estos últimos años en la elaboración del Reglamento
Regulador hasta que finalmente se ha llegado a un consenso
que ahora tendrá que ser aprobado por el Pleno de la
Asamblea y posteriormente publicado en el BOCCE.
Desde que entrara en vigor la Ley 30/84 sobre la Relación de
Puestos de Trabajo, la Ciudad y los Sindicatos vienen
trabajando en la implantación de la misma en la
Administración Local. Durante estos 29 años la Ciudad ha
contado con los servicios de diferentes empresas privadas
que estuvieron trabajando en el asesoramiento y elaboración
de una RPT.
PricewaterhouseCoopers (PwC), Ibérica y la más reciente
‘Estrategia Local’ han sido algunas de las empresas
contratadas por la Ciudad para intentar la implantación de
la RPT en la Administración Local aunque finalmente, por
diversas cuestiones, nunca se pudo llevar a efecto.
Ahora, después de estos 29 años de innumerables reuniones y
negociaciones, se ha conseguido dar el primer paso y aprobar
un Reglamento Regulador que posibilite en un futuro la
implantación de la Relación de Puestos de Trabajo en la
Administración Local.
Fue el pasado martes día 6 de agosto cuando la Ciudad y las
centrales sindicales con representación en la Administración
Local dieron este importante paso en la consecución e
implantación de una Relación de Puestos de Trabajo tras
aprobar el Reglamento Regulador de la RPT.
Tal y como informó EL PUEBLO, muchos han sido los “tiras y
aflojas” que ambas partes han vivido durante estos últimos
años en la elaboración del Reglamento Regulador hasta que
finalmente se ha llegado a un consenso que ahora tendrá que
ser aprobado por el Pleno de la Asamblea y posteriormente
publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta para
que pueda comenzarse a aplicar el mismo.
A este respecto, y después de haber tenido acceso al nuevo
Reglamento Regulador de la RPT aprobado el pasado martes por
la Mesa General de Negociación, este diario ha podido
comprobar que un total de nueve artículos de los noventa y
nueve que lo componen han sido modificados o simplemente
eliminados del texto, siendo la modificación más importante
la efectuada en el artículo que hace referencia al
‘Complemento Personal Transitorio’, el cual dice
textualmente: “Si, tras la valoración de puestos de trabajo
o sus revisiones periódicas, el ocupante de un puesto se
encontrase percibiendo una retribución superior a la que
corresponda al mismo, tendrá derecho a continuar percibiendo
esa diferencia retributiva en concepto de complemento
personal transitorio, cantidad que será absorbible por
futuros incrementos de las retribuciones, en cuyo caso, se
absorberá hasta el total de la subida que sufra el
complemento específico; o por causa de cambio de puesto de
trabajo (por concurso, libre designación, comisión de
servicios voluntaria o movilidad por razones de salud o
rehabilitación) en cuyo caso comportará la percepción de las
retribuciones complementarias del nuevo puesto sin
aplicación por tanto de complemento personal transitorio
alguno”. Según fuentes sindicales consultadas, este
Complemento Personal Transitorio se otorgará a aquellos que
una vez revisado su salario se observe que cobraban de más,
lo que permitirá que mantengan la diferencia, del mismo modo
que destacan que esta CPT se absorverá por las subidas que
se produzcan en el Complemento Específico, por el 100% de la
subida.
Este Reglamento Regulador está formado por un total de seis
capítulos (Disposiciones Generales, Clasificación de los
Empleados Municipales, Relación de Puestos de Trabajo,
Provisión de los Puestos de Trabajo, Valoración de los
Puestos de Trabajo y sus Revisiones, Sistema Retributivo).
De estos seis capítulos, durante el primer trimestre de 2012
se abordaron y se avanzaron en muchos de ellos aunque, tal y
como destacaron las fuentes sindicales consultadas ayer por
este diario, “queda mucho trabajo todavía por hacer hasta
que finalmente se consiga implantar la RPT en la
Administración”.
Uno de los capítulos más complicados a la hora de proceder a
la negociación será el de la Valoración de los Puestos de
Trabajo y sus Revisiones.
Precisamente este capítulo fue el que provocó a mediados del
mes abril de 2012 la ruptura de la negociación después de
que la Ciudad y los sindicatos CCOO y UGT coincidieran en
afirmar que la situación económica por la que se estaba
atravesando no era la idónea para afrontar y negociar esta
valoración, algo que encendió los ánimos de los
representantes de CSI-F.
|
La base utilizada para la elaboración del Reglamento
Regulador de la RPT fue redactada por ‘Estrategia Local’
La base utilizada para la
elaboración final del Reglamento Regulador de la Relación de
Puestos de Trabajo ha sido la del trabajo realizado por la
empresa ‘Estrategia Local’. Durante todos estos años tanto
la Ciudad como las centrales sindicales han estado
trabajando en la confección de este texto y adaptando los
artículos a las numerosas peculiaridades que presenta la
Ciudad Autónoma de Ceuta. Este trabajo, después de varios
años “estancados” se ha acelerado en los últimos dos años,
desde que Francisco Márquez de la Rubia, durante su periodo
de consejero de Hacienda, Economía y Recursos Humanos hacía
entrega a las centrales sindicales en febrero de 2012 del
borrador de este Reglamento aprobado el pasado martes por
ambas partes después de matizar varios aspectos de algunos
de sus artículos y eliminar otros, quedándose el reglamento
formado por un total de seis capítulos con un total de 97
artículos, además de varias disposiciones.
|