El Decreto de adscripción del Habilitado del
Ayuntamiento, Francisco Martínez Racero, a los Servicios de
Prevención de Riesgos laborales ha sido declarado nulo y
contrario a derecho. La sentencia deja claro que la
utilización, por parte del viceconsejero de Hacienda en sus
resoluciones, de la figura de la adscripción provisional, es
extraordinaria, debiéndose emplear los mecanismos ordinarios
como el concurso y el procedimiento de libre designación, ya
que entones se estaría produciendo una especie de subversión
del sistema legalmente establecido.
La judicialización de la política de personal de Juan Vivas
no tiene límites y ha tenido como un penúltimo episodio la
declaración de nulidad de la resolución del viceconsejero de
Hacienda, Manuel Carlos Blasco León de fecha 1 de marzo de
2013, donde se trasladaba al Habilitado de la Ciudad
Autónoma, Francisco Martínez Racero, a los Servicios de
Prevención de Riesgos Laborales.
El Habilitado, ha estado representado por el Letrado Manuel
Martínez Selva en el procedimiento abreviado 93/2013P,
dictándose sentencia 143/2013 por parte del Juzgado
Contencioso-Administrativo número uno, ante el que cabe
interponer recurso de apelación.
La sentencia deja claro que la utilización por parte del
viceconsejero de Hacienda en sus resoluciones, de la figura
de la adscripción provisional, es extraordinaria, debiéndose
emplear los mecanismos ordinarios como el concurso y el
procedimiento de libre designación, ya que entones se
estaría produciendo una especie de subversión del sistema
legalmente establecido, sobre todo si se le atribuye una
duración prolongada o indefinida, cosa que puede ser
determinante de una situación arbitraria y constitutiva
además, de desviación de poder.
Lo grave es que tanto la Dirección de Recursos Humanos como
la viceconsejería sigan aplicando este tipo de decretos
cuando ya existían sentencias del propio Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Ceuta (sentencia 18/2011)
ratificada por la Sección Primera de la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia
de Andalucía (recurso de apelación nº 185/2011), así como
Sentencias del Tribunal Supremo, del Tribunal Constitucional
y de los diferentes Superiores de Justicia de diversas
Comunidades Autónomas que no amparaban este tipo de
procedimiento, rozando presuntamente la prevaricación ya que
a sabiendas se siguen utilizando, a pesar de que no se
ajustan a derecho. Esta disparatada política de personal
supone un despilfarro de dinero que pagan todos los
contribuyentes, ya que en caso de recurrir la sentencia a
Sevilla, el Ayuntamiento acabaría perdiendo el recurso
porque ya existe jurisprudencia al respecto. Este es el
mismo caso de los Directores y Subdirectores Generales cuyo
resultado estaba avocado de antemano a una nueva derrota
ante los tribunales Superiores de Justicia.
Recordemos que el Habilitado, Francisco Martínez Racero, fue
Director General de Presidencia y Relaciones Institucionales
así como de Gestión Interna, y que cuando pidió el pase a su
incorporación al servicio activo, estando en servicios
especiales, el Consejo de Gobierno, suprimió su puesto de
Jefe de Habilitación no permitiéndole incorporarse ni a su
puesto ni a su plaza, abonándose a un funcionario con la
categoría profesional de administrativo la diferencia de
categoría con respecto a la Habilitación, utilizándose el
número colegial y firma electrónica del titular, para la
tramitación de la correspondiente documentación.La defensa
del Habilitado, ha manifiestado que su cliente se reserva el
derechos de ejercitar las acciones legales pertinentes en
materia penal, por supuestos delitos de usurpación de
identidad, intrusismo, falsedad de documento público,
prevaricación y malversación de caudales públicos, esperando
que el nuevo Consejero de Economía, Hacienda y Recursos
Humanos, Emilio Carreira Ruíz ponga cordura y racionalidad
en este tremendo despropósito que ha heredado del Director
General de Recursos Humanos y del Viceconsejero de Gestión
Interna y Recursos Humanos.
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Otro varapalo para el Gobierno de Vivas
La torpeza y cerrazón del Gobierno
Vivas no tiene límites. La situación judicial que ha
desembocado en la Sentencia favorable a Martínez Racero es
la prueba inequívoca de un hecho incuestionable: la
depuración política, la “condena” laboral a un funcionario,
no admite dispensa judicial, sino que, muy al contrario,
desencadena una “situación arbitraria” como reconoce la
propia Sentencia, que aprecia, incluso, “desviación de
poder” y hasta podría derivar en presunta prevaricación
cuando hay constancia de procedimientos como éste,
reiterados, aún conociéndose Sentencias en contrario. Y es
que las resoluciones tan frívolas y a las bravas, dan lugar
a gastos cuantiosos por las bravatas, caprichos y venganzas,
para lapidar laboralmente a empleados públicos a los que aún
todavía se les represalia políticamente. Casos que dan lugar
a que un viceconsejero como Manuel Carlos Blasco León tenga
ya fecha de caducidad y abogue a la familia para divulgar
que deja la política en nuestra ciudad. Estos desmanes,
estas alegrías, deberían pagarlas de su bolsillo. Lo cierto
es que el Gobierno Vivas acaba de cosechar otro varapalo
judicial. Y van...
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