Los principios básicos de la propuesta socialista sobre
Código de Buen Gobierno, recoge que quienes desempeñen o
hayan desempeñado un alto cargo vienen obligados a inhibirse
del conocimiento de los asuntos en cuyo despacho hubieran
intervenido o que interesen a empresas o sociedades en cuya
propiedad participen o en cuya dirección, asesoramiento, o
administración, hubieran tenido alguna parte ellos mismos,
su cónyuge o persona de su familia dentro del tercer grado
civil.
En cuanto al régimen de actividades una vez abandonado el
cargo público, se establece. Los cargos electos y directivos
de libre designación, con posterioridad al cese en el cargo
para cuyo ejercicio hayan sido nombrados, elegidos o
designados, no podrán desarrollar actividades privadas
relacionadas con los expedientes en cuya resolución hayan
intervenido directamente en el ejercicio del alto cargo.
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