El recurso presentado por los servicios jurídicos de la
Ciudad al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA)
señala, entre otros aspectos, que se “discrepa con la
sentencia” del 15 de noviembre de 2012 declarando nulo el
nombramiento de José Diestro como director general de
Finanzas y Presupuestos, porque este cargo “no constituye
realmente un empleo público, sino que se enmarca, junto con
el presidente y los consejeros de Ceuta, como alto cargo”.
Por otra parte, “tampoco es puesto directivo; y, por último,
no se objeta nada acerca de la necesidad de que el director
general no sea funcionario de carrera, constando en este
supuesto como hecho no controvertido que la persona
designada fue director-gerente de una empresa pública”. La
Ciudad también argumentaba que en la sentencia del Juzgado
de lo Contencioso Administrativo de Ceuta “se confunden
materias con funciones, gestión política con control y
fiscalización”. En definitiva, “se desconoce la separación
entre el ámbito de decisión y gestión y el de control y la
fiscalización, que necesariamente deben residenciarse en
niveles diferentes”. En lo relativo a la “falta de
motivación que se atribuye al acto impugnado”, que “se trata
de una potestad discrecional en cuanto a la elección de la
persona idónea para tal puesto, más allá de la concurrencia
de determinados elementos reglados que, en este caso,
resultan debidamente satisfechos”.
Por otro lado, el juez también recuerda que en la sentencia
de instancia, “se toma en consideración” que el director
general de Finanzas y Presupuestos de la Ciudad es un empleo
público y que la persona en quien recae el nombramiento no
es “funcionario de carrera”.
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