En la sentencia del Juzgado de lo Contencioso se reconoce
que la instalación de jardineras, fuentes y pérgolas ha
provocado diversos desperfectos en los aparcamientos de la
Marina. Esta corrió a cargo de empresas privadas y de
Procesa en el caso de las pérgolas, pero a pesar de que la
Ciudad Autónoma no realizó de manera directa estas obras
tiene responsabilidad sobre ellas. En la sentencia se
especifica que “la existencia de una persona jurídica que
colabora con las competencias del Ayuntamiento
primordialmente en el plano organizativo no puede constituir
un elemento para privar a este de su aptitud y,
consiguientemente, de su deber de responder de las
consecuencias derivadas de la actividad relacionada con el
ejercicio de su competencia”.
Ni en el caso de Procesa ni en el del contratista privado
cabe la posibilidad de desplazar la responsabilidad directa
que tiene la Ciudad Autónoma en el cuidado de este espacio.
Para dejarlo claro, en la sentencia el juez cita varios
fallos de otros tribunales en los que se especifica que la
Administración “no puede desentenderse de los daños causados
por el concesionarios de los cuales responde directamente”.
Por tanto, se señala como la circunstancia de que las obras
de las pérgolas fueran acometidas por Procesa y las de
fuentes y jardineras por empresas privadas no alteran la
titularidad de la Administración Local en el servicio de
gestión de las tareas de conservación, mantenimiento y
seguridad del paseo que cubre los aparcamientos de la
Marina.
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