La cláusula decimoséptima del pliego de condiciones técnicas
del contrato para el servicio de mantenimiento del auditorio
del Revellín, recoge, según la documentación aportada por el
Grupo Caballas, que “el contratista aportará los efectivos
de recursos humanos, reseñando que la Ciudad no tendrá
ningún tipo de relación jurídico laboral con el personal
contratado”.
Así, “como mínimo”, se garantizarán “las siguientes
disponibilidades y funciones” en cuanto al personal de
mantenimiento se refiere: responsable del equipo, personal
de mantenimiento general; personal auxiliar, de
administración y servicios; oficial de mantenimiento
polivalente, coordinador técnico de sonido, iluminación e
imagen; técnico de sonido, iluminación, imagen y vídeo;
personal de subalterno y personal de limpieza. Además, se
incluye personal para las labores de “conducción” de los
espectáculos.
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