El delegado del Gobierno, Francisco Antonio González
Pérez, presentó una alegación el pasado 13 de marzo sobre la
aprobación de modificación del Reglamento Regulador del
Procedimiento de Concesión y Control de las Cédulas de
Habitabilidad, aprobado por unanimidad en la sesión
ordinaria del Pleno de la Asamblea del mes de enero. Esta
medida pretende que las casas no regularizadas puedan
disponer de servicios como electricidad y agua. La coalición
Caballas criticó ayer esta alegación en una rueda de prensa.
El delegado del Gobierno, Francisco Antonio González Pérez,
presentó una alegación el pasado 13 de marzo sobre la
aprobación de modificación del Reglamento Regulador del
Procedimiento de Concesión y Control de las Cédulas de
Habitabilidad, así como las condiciones mínimas que deben
reunir las viviendas en el Pleno de la Asamblea celebrado el
28 de enero.
Desde Delegación de Gobierno se formularon varias
“reclamaciones-sugerencias” sobre el acuerdo, adoptado por
unanimidad del Pleno, para conceder cédulas de habitabilidad
a viviendas no regularizadas. Los diputados Mohamed Alí y
Juan Luis Aróstegui, de coalición Caballas, criticaron
duramente la postura del delegado en una rueda de prensa
celebrada ayer. El máximo representante de la Administración
central explica en el texto que el artículo 13 de la
Ordenanza aprobada inicialmente por el Pleno de la Ciudad
dispone lo siguiente: “Régimen Especial: En aquellas
construcciones realizadas sin la preceptiva licencia que no
fueran legalizables por ser contrarias al planeamiento
urbanístico, se podrá autorizar con carácter excepcional,
previo informe favorable de los servicios técnicos, la
contratación provisional de los servicios básicos con las
compañías suministradoras, hasta tanto en cuanto se resuelva
el procedimiento para la regularización de las
construcciones de acuerdo al desarrollo del planeamiento
urbanístico”.
En primer término, el precepto aprobado es “contradictorio
por sí mismo” ya que en la práctica “puede transformar lo
excepcional y provisional en definitivo”. Y ello porque,
“dejando al margen la inexistencia de un procedimiento al
efecto, el supuesto de hecho habilitante para su aplicación
consiste en la existencia de unas construcciones realizadas
sin licencia y que no fueren legalizables por ser contrarias
al planeamiento urbanístico”. De ahí que el delegado
considere que la regularización “no parece posible” ya que
“estos suministros pasarían de ser provisionales a
definitivos”.
En segundo lugar, la Administración Central cree que,
efectuado el análisis de la normativa aplicable en materia
de disciplina urbanística en la ciudad, el precepto
analizado “no tiene encaje posible”. Así, si el supuesto de
hecho que se pretende regular “se refiere a las
construcciones que no se ajustan a un planeamiento
urbanístico aprobado por la AGE, no parece lógico que un
acto administrativo singular dictado por una Administración
-la Local-, de facto, suspenda la virtualidad efectiva de
una norma de aplicación general”, se asegura en el texto
remitido a la Ciudad por parte del delegado.
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La ilegalidad urbanística debe “detectarse, corregirse y
sancionarse”
La Delegación del Gobierno
recuerda que el Planeamiento Urbanístico es una norma de
“aplicación general”, aprobada por la Administración General
del Estado. Y es que, la aprobación por parte del Pleno de
la Asamblea -por unanimidad- del pasado mes de enero sobre
la concesión de cédulas de habitabilidad a viviendas no
regularizadas para que pudieran acceder a servicios como
conexiones de electricidad o agua, ha hecho saltar las
alarmas dentro del seno de la representación de la AGE en la
ciudad. Y es que, la Administración Local pretende
“garantizar con la autorización de la contratación de
suministros básicos las condiciones precisas para la
persistencia de aquella situación ilegal”, en referencia a
las casas ilegales. “Antes al contrario, dichas situaciones
deben detectarse, corregirse y, en su caso, sancionarse de
acuerdo con la actual normativa de disciplina urbanística
(RD 1346/1976), por la que se aprueba el Texto Refundido de
la Ley del suelo.
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