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sociedad - MIÉRCOLES, 17 DE ABRIL DE 2013


vivienda de ceuta. archivo.

delegacion del gobierno
 

Delegación cuestiona la concesión de cédulas de habitabilidad a las viviendas irregulares

El delegado remite a la Ciudad una serie de
alegaciones tras la aprobación en el Pleno de enero, por unanimidad, de que las casas no regularizadas pudieran disponer de luz y agua
 

CEUTA
Paula Zumeta

ceuta
@elpueblodeceuta.com

El delegado del Gobierno, Francisco Antonio González Pérez, presentó una alegación el pasado 13 de marzo sobre la aprobación de modificación del Reglamento Regulador del Procedimiento de Concesión y Control de las Cédulas de Habitabilidad, aprobado por unanimidad en la sesión ordinaria del Pleno de la Asamblea del mes de enero. Esta medida pretende que las casas no regularizadas puedan disponer de servicios como electricidad y agua. La coalición Caballas criticó ayer esta alegación en una rueda de prensa.

El delegado del Gobierno, Francisco Antonio González Pérez, presentó una alegación el pasado 13 de marzo sobre la aprobación de modificación del Reglamento Regulador del Procedimiento de Concesión y Control de las Cédulas de Habitabilidad, así como las condiciones mínimas que deben reunir las viviendas en el Pleno de la Asamblea celebrado el 28 de enero.

Desde Delegación de Gobierno se formularon varias “reclamaciones-sugerencias” sobre el acuerdo, adoptado por unanimidad del Pleno, para conceder cédulas de habitabilidad a viviendas no regularizadas. Los diputados Mohamed Alí y Juan Luis Aróstegui, de coalición Caballas, criticaron duramente la postura del delegado en una rueda de prensa celebrada ayer. El máximo representante de la Administración central explica en el texto que el artículo 13 de la Ordenanza aprobada inicialmente por el Pleno de la Ciudad dispone lo siguiente: “Régimen Especial: En aquellas construcciones realizadas sin la preceptiva licencia que no fueran legalizables por ser contrarias al planeamiento urbanístico, se podrá autorizar con carácter excepcional, previo informe favorable de los servicios técnicos, la contratación provisional de los servicios básicos con las compañías suministradoras, hasta tanto en cuanto se resuelva el procedimiento para la regularización de las construcciones de acuerdo al desarrollo del planeamiento urbanístico”.

En primer término, el precepto aprobado es “contradictorio por sí mismo” ya que en la práctica “puede transformar lo excepcional y provisional en definitivo”. Y ello porque, “dejando al margen la inexistencia de un procedimiento al efecto, el supuesto de hecho habilitante para su aplicación consiste en la existencia de unas construcciones realizadas sin licencia y que no fueren legalizables por ser contrarias al planeamiento urbanístico”. De ahí que el delegado considere que la regularización “no parece posible” ya que “estos suministros pasarían de ser provisionales a definitivos”.

En segundo lugar, la Administración Central cree que, efectuado el análisis de la normativa aplicable en materia de disciplina urbanística en la ciudad, el precepto analizado “no tiene encaje posible”. Así, si el supuesto de hecho que se pretende regular “se refiere a las construcciones que no se ajustan a un planeamiento urbanístico aprobado por la AGE, no parece lógico que un acto administrativo singular dictado por una Administración -la Local-, de facto, suspenda la virtualidad efectiva de una norma de aplicación general”, se asegura en el texto remitido a la Ciudad por parte del delegado.
 


La ilegalidad urbanística debe “detectarse, corregirse y sancionarse”

La Delegación del Gobierno recuerda que el Planeamiento Urbanístico es una norma de “aplicación general”, aprobada por la Administración General del Estado. Y es que, la aprobación por parte del Pleno de la Asamblea -por unanimidad- del pasado mes de enero sobre la concesión de cédulas de habitabilidad a viviendas no regularizadas para que pudieran acceder a servicios como conexiones de electricidad o agua, ha hecho saltar las alarmas dentro del seno de la representación de la AGE en la ciudad. Y es que, la Administración Local pretende “garantizar con la autorización de la contratación de suministros básicos las condiciones precisas para la persistencia de aquella situación ilegal”, en referencia a las casas ilegales. “Antes al contrario, dichas situaciones deben detectarse, corregirse y, en su caso, sancionarse de acuerdo con la actual normativa de disciplina urbanística (RD 1346/1976), por la que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del suelo.
 


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