Por muy buena voluntad que muestren los progenitores, ¿quién
acude a un proceso de divorcio o a un enfrentamiento
judicial dispuesto al diálogo? La experiencia demuestra que
lo que parece sencillo sobre el papel no lo es tanto en la
realidad. Cuando una pareja con hijos se separa estos nunca
quedan al margen, especialmente si son menores de edad. A
veces los terminan convertidos en moneda de cambio, fuente
de conflictos y, sobre todo, en víctimas de las decisiones
de sus mayores.
Sin embargo, cuando una pareja con hijos se separa estos
nunca quedan al margen, especialmente si son menores de
edad. A veces terminan convertidos en moneda de cambio,
fuente de conflictos y, sobre todo, en víctimas de las
decisiones de sus mayores.
Y es, que por muy buena voluntad que muestren los
progenitores, ¿quién acude a un proceso de divorcio o a un
enfrentamiento judicial dispuesto al diálogo? La experiencia
demuestra que lo que parece sencillo sobre el papel no lo es
tanto en la realidad. Por muy buena relación que exista
entre los padres, su lugar de residencia, el trabajo,
cuestiones económicas y otros problemas prácticos pueden
complicar la búsqueda de una solución que requiere una
decisión legal.
Por norma general, en los países de origen latino son las
madres las que terminan ocupándose de los pequeños – en
España solo un diez por ciento de padres se queda con los
hijos–, porque aunque existen otras alternativas legales,
muy pocas veces se materializan. Es el caso de la llamada
custodia compartida que, aunque está reconocida en España
(en el Código Civil), deja demasiado lugar a la
interpretación y exige cierta flexibilidad entre las partes
implicadas que no siempre es posible.
La custodia compartida o alterna, como prefieren llamarla
los expertos, otorga a los progenitores los mismos derechos
sobre el desarrollo y cuidado de los hijos y promueve
mayores condiciones de igualdad entre las partes implicadas.
Sin embargo, su puesta en práctica no siempre es fácil: se
necesitan dos hogares en condiciones de acoger a los niños,
cierta proximidad, flexibilidad laboral y, en general,
supone un mayor coste económico que la custodia
monoparental, que es aquella en la que uno de los padres se
queda a los niños y el otro adquiere ciertos derechos en el
régimen de visitas y ciertas obligaciones económicas.
Su regulación futura. Por todo eso, facilitar la custodia
compartida, en beneficio de los menores, es el objetivo de
la reforma que prepara el equipo del ministro de Justicia,
Alberto Ruiz-Gallardón y que desde hace a–os vienen
reclamando numerosas asociaciones de padres y madres
separados de toda Españaa, como la Unión Estatal de
Federaciones y Asociaciones por la Custodia Compartida, que
consideran fundamental para el desarrollo de los niños
contar con el apoyo de los dos progenitores en todo momento.
En contra de la medida, ya se manifiestan otras
organizaciones como Mujeres Progresistas y la Asociación
Nacional en Defensa del Niño (Andeni).
También existe la opinión de que los hijos, aunque no es
vinculante, sí pueden influir en la decisión final.
Legalmente, estos solo tienen capacidad para decidir cuando
alcanzan la mayoría de edad o cuando están emancipados por
la ley, sus padres o el juez. “Sin embargo, el menor tiene
un derecho fundamental a ser oído en cuantos procesos
administrativos o judiciales le afecten. No es su decisión
lo que hay que respetar, pero sí hay que conocerla. El juez
es quien debe ponderarla en función de su edad, su madurez y
el contenido y fundamento de sus opiniones y deseos. Qué
duda cabe que cuando se aproxima a la mayoría de edad, si lo
que expone no es disparatado o su finalidad impropia, el
juez va a seguir sus dictados”, expone el abogado Luis
Zarraluqui.
El pasado 13 de junio, en pleno debate parlamentario, el
ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, se comprometió
a tener lista la nueva Ley nacional de Custodia Compartida
antes de que termine el añoo y solucionar así ciertas
lagunas en su aplicación. El futuro texto, del que solo se
conocen las generalidades, priorizará el derecho del menor
por encima del de los padres e impulsará que sea el juez el
que tenga la libertad de elegir el modelo que considere más
conveniente para el niño, custodia compartida o
monoparental, así como el tiempo que deberá permanecer con
cada uno de ellos. Gallardón respondía con esta iniciativa a
una interpelación formulada en el Congreso por Rosa Díez, la
presidenta de UPyD, en la que se pedía la modificación del
art’culo 92 del Código Civil. En él se contempla el
“carácter excepcional” de la custodia compartida de menores
en los casos de separaciones y divorcios.
Concretamente, el código establece que el juez puede
conceder el modelo de custodia compartida, previa petición
de una de las partes y con un dictamen favorable del fiscal,
lo que según señalaba el grupoparlamentario, provoca que la
posibilidad de que esto suceda sea “ciertamente reducida”.
En realidad, la opción apenas supone el 8 por ciento de los
casos resueltos.
El problema, según Luis Zarraluqui, es que la anterior
reforma (2005), que pretendía reconocer la posibilidad de
otorgar la custodia sobre los hijos menores e incapacitados
de forma alterna o alternativa (que no compartida, que es un
adjetivo inexacto y confuso) a ambos padres, contenía en sí
misma una contradicción. “Por una parte, el texto parece
inclinarse por esta forma como la más beneficiosa para los
hijos, pero por otra, le confiere una carácter excepcional
cuando no existe acuerdo entre los padres a este respecto.
Consecuencia de ello es la exigencia en este caso del
dictamen favorable del ministerio Fiscal, desvirtuando su
papel en el proceso, y de la fundamentación expresa de que
“solo de esta forma se protege adecuadamente el interés
superior del menor”, afirmación esta tan categórica y
rotunda que difícilmente se va obtener de un Juez en la
práctica”, apunta Zarraluqui.
Habrá que conocer los detalles del texto que prepara el
Gobierno para saber exactamente cómo se garantiza esta
posibilidad. Como principal novedad, el denominado ‘plan de
vida’ que deberá presentar aquel que solicite la custodia
compartida y que servirá para establecer las relaciones
parentales y regular aspectos como la toma de decisiones en
el régimen de convivencia, en la educación, etc.
Numerosos estudios en psicología de familia aseguran que las
ventajas para los menores serían importantes: mejores
resultados académicos, mejor adaptación, mayor autoestima,
madres menos sobrecargadas y evitación del conflicto, porque
los hijos dejan de convertirse en la moneda de cambio.
|