PortadaCorreoForoChatMultimediaServiciosBuscarCeuta



PORTADA DE HOY

Actualidad
Política
Sucesos
Economia
Sociedad
Cultura
Melilla

Opinión
Archivo
 

 

 

sociedad - DOMINGO, 6 DE ENERO DE 2013


familia feliz. archivo

legislacion
 

El Gobierno prepara una ley
única y nacional sobre la
custodia compartida

El objetivo de proteger los derechos del
menor en el caso de la separación y buscar impulsar una fórmula que permita al niño permanecer el mismo tiempo con los dos padres por igual
 

CEUTA
El Pueblo

ceuta
@elpueblodeceuta.com

Por muy buena voluntad que muestren los progenitores, ¿quién acude a un proceso de divorcio o a un enfrentamiento judicial dispuesto al diálogo? La experiencia demuestra que lo que parece sencillo sobre el papel no lo es tanto en la realidad. Cuando una pareja con hijos se separa estos nunca quedan al margen, especialmente si son menores de edad. A veces los terminan convertidos en moneda de cambio, fuente de conflictos y, sobre todo, en víctimas de las decisiones de sus mayores.

Sin embargo, cuando una pareja con hijos se separa estos nunca quedan al margen, especialmente si son menores de edad. A veces terminan convertidos en moneda de cambio, fuente de conflictos y, sobre todo, en víctimas de las decisiones de sus mayores.

Y es, que por muy buena voluntad que muestren los progenitores, ¿quién acude a un proceso de divorcio o a un enfrentamiento judicial dispuesto al diálogo? La experiencia demuestra que lo que parece sencillo sobre el papel no lo es tanto en la realidad. Por muy buena relación que exista entre los padres, su lugar de residencia, el trabajo, cuestiones económicas y otros problemas prácticos pueden complicar la búsqueda de una solución que requiere una decisión legal.

Por norma general, en los países de origen latino son las madres las que terminan ocupándose de los pequeños – en España solo un diez por ciento de padres se queda con los hijos–, porque aunque existen otras alternativas legales, muy pocas veces se materializan. Es el caso de la llamada custodia compartida que, aunque está reconocida en España (en el Código Civil), deja demasiado lugar a la interpretación y exige cierta flexibilidad entre las partes implicadas que no siempre es posible.

La custodia compartida o alterna, como prefieren llamarla los expertos, otorga a los progenitores los mismos derechos sobre el desarrollo y cuidado de los hijos y promueve mayores condiciones de igualdad entre las partes implicadas.

Sin embargo, su puesta en práctica no siempre es fácil: se necesitan dos hogares en condiciones de acoger a los niños, cierta proximidad, flexibilidad laboral y, en general, supone un mayor coste económico que la custodia monoparental, que es aquella en la que uno de los padres se queda a los niños y el otro adquiere ciertos derechos en el régimen de visitas y ciertas obligaciones económicas.

Su regulación futura. Por todo eso, facilitar la custodia compartida, en beneficio de los menores, es el objetivo de la reforma que prepara el equipo del ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón y que desde hace a–os vienen reclamando numerosas asociaciones de padres y madres separados de toda Españaa, como la Unión Estatal de Federaciones y Asociaciones por la Custodia Compartida, que consideran fundamental para el desarrollo de los niños contar con el apoyo de los dos progenitores en todo momento.

En contra de la medida, ya se manifiestan otras organizaciones como Mujeres Progresistas y la Asociación Nacional en Defensa del Niño (Andeni).

También existe la opinión de que los hijos, aunque no es vinculante, sí pueden influir en la decisión final. Legalmente, estos solo tienen capacidad para decidir cuando alcanzan la mayoría de edad o cuando están emancipados por la ley, sus padres o el juez. “Sin embargo, el menor tiene un derecho fundamental a ser oído en cuantos procesos administrativos o judiciales le afecten. No es su decisión lo que hay que respetar, pero sí hay que conocerla. El juez es quien debe ponderarla en función de su edad, su madurez y el contenido y fundamento de sus opiniones y deseos. Qué duda cabe que cuando se aproxima a la mayoría de edad, si lo que expone no es disparatado o su finalidad impropia, el juez va a seguir sus dictados”, expone el abogado Luis Zarraluqui.

El pasado 13 de junio, en pleno debate parlamentario, el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, se comprometió a tener lista la nueva Ley nacional de Custodia Compartida antes de que termine el añoo y solucionar así ciertas lagunas en su aplicación. El futuro texto, del que solo se conocen las generalidades, priorizará el derecho del menor por encima del de los padres e impulsará que sea el juez el que tenga la libertad de elegir el modelo que considere más conveniente para el niño, custodia compartida o monoparental, así como el tiempo que deberá permanecer con cada uno de ellos. Gallardón respondía con esta iniciativa a una interpelación formulada en el Congreso por Rosa Díez, la presidenta de UPyD, en la que se pedía la modificación del art’culo 92 del Código Civil. En él se contempla el “carácter excepcional” de la custodia compartida de menores en los casos de separaciones y divorcios.

Concretamente, el código establece que el juez puede conceder el modelo de custodia compartida, previa petición de una de las partes y con un dictamen favorable del fiscal, lo que según señalaba el grupoparlamentario, provoca que la posibilidad de que esto suceda sea “ciertamente reducida”. En realidad, la opción apenas supone el 8 por ciento de los casos resueltos.

El problema, según Luis Zarraluqui, es que la anterior reforma (2005), que pretendía reconocer la posibilidad de otorgar la custodia sobre los hijos menores e incapacitados de forma alterna o alternativa (que no compartida, que es un adjetivo inexacto y confuso) a ambos padres, contenía en sí misma una contradicción. “Por una parte, el texto parece inclinarse por esta forma como la más beneficiosa para los hijos, pero por otra, le confiere una carácter excepcional cuando no existe acuerdo entre los padres a este respecto. Consecuencia de ello es la exigencia en este caso del dictamen favorable del ministerio Fiscal, desvirtuando su papel en el proceso, y de la fundamentación expresa de que “solo de esta forma se protege adecuadamente el interés superior del menor”, afirmación esta tan categórica y rotunda que difícilmente se va obtener de un Juez en la práctica”, apunta Zarraluqui.

Habrá que conocer los detalles del texto que prepara el Gobierno para saber exactamente cómo se garantiza esta posibilidad. Como principal novedad, el denominado ‘plan de vida’ que deberá presentar aquel que solicite la custodia compartida y que servirá para establecer las relaciones parentales y regular aspectos como la toma de decisiones en el régimen de convivencia, en la educación, etc.

Numerosos estudios en psicología de familia aseguran que las ventajas para los menores serían importantes: mejores resultados académicos, mejor adaptación, mayor autoestima, madres menos sobrecargadas y evitación del conflicto, porque los hijos dejan de convertirse en la moneda de cambio.
 


OPINIONES RELACIONADAS

Alternar y no compartir

 

Imprimir noticia 

Volver
 

 

Portada | Mapa del web | Redacción | Publicidad | Contacto