Densa mañana en la sala de vistas de la Sección VI de la
Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta, en el juicio que se
sigue contra dos empresarios, por atentado a la autoridad, y
cuatro agentes de la Unidad de Intervención Rápida de la
Policía Local. Por un lado, se pide prisión a los dos
primeros por atentado a agentes de la autoridad. De otra
parte, delitos de lesiones. En todo caso, la petición del
Ministerio Fiscal es de dos años de prisión para todos. Ayer
se invirtió el tiempo en oír a tres de los acusados, a dos
policías locales y a cuatro testigos, cuyos testimonios
fueron poco consistentes.
La sesión que tuvo lugar ayer -segunda- en el juicio que se
sigue en la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz
en Ceuta contra dos empresarios y cuatro policías de la
Unidad de Intervención Rápida (UIR) de la Policía Local
estuvo marcada por un lado por la solidez de los testimonios
de los policías y por otro lado por la inconsistencia de los
testigos civiles que también depusieron ante el alto
tribunal.
Los tres agentes de la UIR que faltaban por declarar lo
hicieron ayer -acusados de lesiones- y dieron ante el
tribunal sus testimonios que básicamente coincidieron en lo
fundamental: no hubo hechos delictivos por parte de los
actuantes y sí una actitud “chulesca” y “agresiva” por parte
tanto del empresario y de su hijo que están acusados de un
delito de atentado contra la autoridad.
En todo caso, hay que recordar que se juzgan hechos que
ocurrieron el día 4 de mayo de 2010, a las 10.15 horas, en
unos almacenes de la calle República Argentina, dedicados a
la venta de materiales de obra. Se trataba de que los
policías actuantes iban a actuar precintando una zona que
presentaba peligro de desprendimientos de roca, cuando se
montó un altercado entre los empresarios y los policías de
la UIR. Los empresarios están acusados de atentado a agentes
de la autoridad, mientras que los policías están imputados
por lesiones. Todo ello se está viendo, al la vez, en la
Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz e Ceuta. Para
todos, por u otro motivo, se pide, por parte del Ministerio
Fiscal, una pena de dos años de cárcel.
Los tres agentes que declararon ayer fueron precedidos en su
declaración por el suboficial al mando de la unidad, que
hizo lo propio el martes. Todos ellos coincidieron en lo
básico: que el empresario -el padre- se mostró con actitud
“chulesca” y “agresiva”, hablándoles con desprecio, a pesar
de que los agentes se habrían mostrado contemporizadores
desde el primer momento e incluso habrían dado un cierto
margen de tiempo para que la persona en cuestión
recapacitara.
Además, también coincidieron en poner de manifestó que el
hijo A. E.T. atacó y golpeó con una patada voladora al
oficial que estaba en segundo grado de autoridad en la
acción policial.
Al tiempo, también indicaron que se dio a la fuga tras
golpear “brutalmente” a uno de los agentes, a un oficial, en
el hombro, mediante la citada patada. Con posterioridad,
habría estado varias horas en paradero desconocido hasta que
se presentó en dependencias hospitalarias.
Los testimonios, en este sentido, fueron coincidentes en el
punto de que el hombre estuvo hurtando su cuerpo de la
acción policial y que huyó saltando una valla de una obra -o
escurriéndose entre obstáculos-. y que cayó al suelo para
levantarse posteriormente y huir, lo que sería compatible
con las lesiones que habría sufrido. En todo caso, los
agentes indicaron que la actitud de defensa que realizaron
con las porras reglamentarias habría sido éso, de defensa,
golpeando únicamente en las extremidades, no en la cabeza o
en la espalda.
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Los delitos de atentado y lesiones podrían estar penados con
dos años de cárcel
Según el Código Penal, son reos de
atentado los que acometan a la autoridad, a sus agentes o
funcionarios públicos, o empleen fuerza contra ellos, los
intimiden gravemente o les hagan resistencia activa también
grave, cuando se hallen ejecutando las funciones de sus
cargos o con o ocasión de ellos. Los atentados pueden estar
castigados con penas de dos a cuatro años y multas.
En el caso de las lesiones, se entiende que son delitos que
causan menoscabo de la integridad corporal de las personas o
su salud física y mental. La pena puede ser de seis meses a
tres años, siempre que la lesión requiera objetivamente para
su sanidad, además de una primera asistencia facultativa,
tratamiento médico o quirúrgico. La simple vigilancia o
seguimiento facultativo de la lesión no se considerará
tratamiento médico.
En todo caso, el Ministerio Fiscal pide para todas las
partes acusadas en el caso que se está juzgando en la
Sección VI de la Audiencia Provincial dos años de prisión
para todos los imputados que se juzgan.
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