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ACTUALIDAD - DOMINGO, 29 DE JULIO DE 2012


barriada príncipe alfonso. f. raso.

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA
 

El PGOU cifra en 941
las viviendas que están
“pendientes de regularización”

El Plan las sitúa en Príncipe Alfonso y
Recinto Sur, y sumadas a la demanda
por aumento de población y realojos
de planes urbanísticos suman una
necesidad de 5.238 casas hasta 2023

CEUTA
Tamara Crespo

ceuta
@elpueblodeceuta.com

Entre las necesidades creadas por la existencia de viviendas fuera de ordenamiento que han de ser regularizadas, las provenientes del crecimiento de la población y de la necesidad de “renovación” de otras, el nuevo Plan General de Ordenación urbana (PGOU) calcula que serían necesarias en la ciudad en la próxima década un total de 5.238 nuevas casas. Aunque los redactores advierten de que se trata de un concepto de “difícil cuantificación”, cifran en casi un millar (941) las viviendas “pendientes de regularización”.

“Propiciar el acceso a la vivienda a todos los ciudadanos. Es objetivo fundamental garantizar una oferta suficiente de vivienda de protección oficial”. Este es uno de los objetivos que se marca el documento para aprobación inicial del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) en relación a la política de Vivienda. Por ello, el Plan recoge que destinará “un porcentaje significativo a los distintos regímenes de protección consiguiéndose de esta manera que los precios se mantengan en unos niveles aceptables”. La demanda de vivienda que contempla el Plan de aquí a 2023, es decir, a diez años vista, es de 5.238. Esta cifra resulta de la suma de la demanda de vivienda nueva (3.032), la renovación de viviendas existentes (1.275), la “reubicación de núcleos pendientes de regularización” (779) y la demanda de segunda residencia (152).

Realojos

En la línea señalada se propone “continuar la política iniciada en el Plan General de 1992 de habilitar las viviendas adecuadas y necesarias para los habitantes de los núcleos de viviendas pendientes de regularización en las zonas de Príncipe Alfonso y Recinto Sur”. En el apartado que la Memoria para la aprobación inicial del Plan dedica a la demanda de vivienda se cuantifica en 941 el número de viviendas de estas características, sin bien se advierte de que se trata de un concepto de “difícil cuantificación”.

Este casi millar de casos de viviendas sin regularizar se desglosan, desde el punto de vista de la demanda de vivienda que generan, en tres tipos diferentes, el primero de ellos correspondiente a las necesidades de reubicación de sus habitantes. Los redactores de PGOU han contabilizado 442 viviendas de este tipo, “debido bien a su situación dentro del Dominio Público Marítimo Terrestre (180 viviendas) o bien por estar fuera de ordenación según el Plan General de 1992 (262 viviendas)”.

Por otra parte, se recoge la demanda requerida para “realojos previstos en los Ámbitos de Planeamiento Específico”. La ordenación de estos nuevos ámbitos “implicará la obtención de 315 viviendas de régimen libre”, apuntan.

Por último está la demanda prevista por mejora de viviendas en los Ámbitos de Planeamiento Remitido (APR). En el caso de los APR, la ordenación de estos nuevos ámbitos implicará la obtención de otras 22 viviendas de régimen libre. Entre las APR se cuentan zonas como Príncipe Alfonso, Arroyo Benítez Norte y Sur, Cría Caballar o el arroyo Juan Viera, además del “remate” de Juan Carlos I.

En cuanto a previsión de “acondicionamiento, rehabilitación o renovación de edificios”, está cifrada en 1.535 en el año 2001. Como se comenta en la Información Urbanística, de este total los que necesitarán ser renovados asciende a 568. Si se considera un número medio de viviendas por edificio de 3,5 (resultante de dividir las viviendas residenciales por la edificación con esta dedicación), habría en 2001 un total de 1.988 viviendas afectadas por un posible, y necesario, proceso de renovación.

Mención aparte merece “la demanda inferida de la tendencia a la reducción del parque residencial de viviendas de menos de 30 m2, estimado en el año 2001 en 1.414”. Se considera que en muchos casos “coincide vivienda pequeña, con situaciones de hacinamiento, con vivienda en mal estado, de forma que su renovación soluciona ambos problemas”.

Crecimiento de población

El dato básico de la demanda de vivienda viene determinado por la inferida del aumento esperado de población a medio plazo (entre 2001 y 2016). Dicha demanda, que viene recogida en la Información Urbanística, señala una necesidad de construir un total de 1.828 viviendas en dicho periodo. No obstante, se ha considerado “conveniente” la actualización de dicha cifra sobre la base de la previsión actualizada de aumento de población hasta 2023 (tres cuatrienios), cifrada en 91.473 personas. Ello supone un incremento de población de 9.097 personas para el periodo de proyección de la población (2011-2019), lo que equivale a una necesidad de nuevas viviendas, sobre una media de 3 habitantes por vivienda, de 3.032 viviendas.

En cuanto al régimen de protección de las viviendas, se estima que el 70% deberán ser viviendas de protección pública y el 30% viviendas libres.
 


La sustitución de vivienda irregular requiere “concentración parcelaria”

En la demanda derivada de la renovación de edificios se realizan dos consideraciones, la primera, que las nuevas viviendas demandadas serán de un tamaño superior, estimado en una media de 75m2, lo que supone que su sustitución en los solares hoy ocupados por este tipo de edificios solo podrá cubrir un 40% de la demanda. Ello supone una necesidad equivalente al 60% de la demanda (850 viviendas). Dadas las características de los solares ocupados, en general de reducidas dimensiones, el proceso conllevará “una concentración parcelaria que retrasará los ritmos de sustitución”, suponiendo una penalización del 50% en el número de viviendas previstas. Ello arroja una demanda de viviendas por este concepto de 850 viv. x 1,50 = 1.275 viv.
 


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