PORTADA DE HOY
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ACTUALIDAD - DOMINGO, 2
DE OCTUBRE DE 2011 |
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lugar de los hechos. archivo. |
siniestralidad laboral
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La Audiencia decidirá si Dragados
va a juicio por la muerte de un
peón en las obras del hospital |
Los
hechos se produjeron el 24 de octubre
de 2008, cuando el trabajador colocaba pegamento en
el suelo y se produjo una deflagración, por lo que
la constructora
niega que hubiese delito |
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CEUTA
Cristina Marzán
ceuta@elpueblodeceuta.com |
La Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta
será la encargada de resolver si Dragados debe ir a juicio
por la muerte de un peón durante las obras del Hospital
Universitario ya que la constructora ha interpuesto un
recursos de apelación considerando que los hechos producidos
el 24 de octubre de 2008 no fueron constitutivos de delito,
como considera la Fiscalía tras la instrucción del caso.
A expensas de que la Audiencia Provincial dictamine lo
contrario, la constructora Dragados podría ir a juicio para
enfrentar la muerte de uno de sus peones durante las obras
del Hospital Universitario en 2008.
Así lo ha dictaminado la titular del Juzgado de Primera
Instancia e Instrucción número 6 de común acuerdo con la
representante del Ministerio Fiscal en la ciudad al entender
que existen indicios de un posible delito contra la
seguridad de los trabajadores tras finalizar la
investigación del trágico suceso. Circunstancias que para la
constructora no son constitutivas de delito ni tienen como
responsable directa a dicha empresa, por lo que ha
interpuesto ante la Sección VI de la Audiencia Provincial de
Cádiz en Ceuta un recurso de apelación solicitando el
sobreseimiento de las actuaciones.
El accidente laboral sufrido por el trabajador extranjero
Ebrima Njie tuvo lugar el 24 de octubre de 2008 en las obras
del nuevo Hospital Universitario, cuando el peón se
encontraba colocando pegamento en el suelo mediante una
llana metálica para, posteriormente, colocar el pavimento.
Fue entonces cuando se produjo una deflagración que provocó
un incendio.
Según consta en las investigaciones del caso, a las que ha
tenido acceso EL PUEBLO, el informe provisional urgente de
la Inspección de trabajo afirmó que el motivo de la
deflagración fue el carácter altamente inflamable del
pegamento utilizado por el trabajador, así como la escasa
ventilación del lugar donde se estaban realizando los
trabajos y la utilización de un foco halógeno de suelo
demasiado cerca del operario. Dicha deflagración “ocasionó
quemaduras al trabajador en un 70 u 80% de su cuerpo, que
posteriormente le produjeron la muerte”, reza el informe
forense unido al procedimiento.
Dentro de las pruebas solicitadas por la Fiscalía al
entender que dicho accidente podía ser susceptible de delito
constan la declaración como testigo del compañero de trabajo
del accidentado, la declaración como imputados del jefe de
obra, administrador o representante legal de la empresa para
la que trabajaba el accidentado, la aportación de los planes
de seguridad de la empresa así como un informe del inspector
de trabajo detallado sobre las causas concretas del
accidente y medidas de seguridad de las que disponía el
trabajador.
Todo ello con el fin de investigar si el trabajador
“realizaba una labor para la cual tenía la cualificación
profesional adecuada, si la empresa había suministrado al
peón medios de protección adecuados que garantizaran su
seguridad frente al trabajo desempeñado, y si tenía
información y formación sobre los riesgos del trabajo a
desempeñar y la relación causal entre el accidente sufrido y
la ausencia o no de medidas de seguridad adoptadas por la
empresa”, aclararon fuentes cercanas al caso.
En el caso de que el tribunal de la Audiencia desestimase el
recurso interpuesto por Dragados, la constructora podría
enfrentarse a un delito contra el derecho de los
trabajadores en concurso con otro delito de lesiones u
homicidio imprudente, según lo que determine la Fiscalía en
su escrito de acusación final.
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La constructora enfrentaría un delito contra el derecho de
los trabajadores
En el caso de que el tribunal de
la Audiencia desestime el recurso de apelación interpuesto
por Dragados, la constructora podría enfrentarse,
inicialmente, a un delito contra el derecho de los
trabajadores, que castiga a los que, con infracción de las
normas de prevención de riesgos laborales y estando
legalmente obligados, no faciliten los medios necesarios
para que los trabajadores desempeñen su actividad con las
medidas de seguridad e higiene adecuadas, de forma que
pongan así en peligro grave su vida, salud o integridad
física. Esto podría suponer penas de prisión de seis meses a
tres años y multa de seis a doce meses. Además, como el
accidente laboral tuvo resultado de muerte, la Fiscalía no
descarta que ente primer delito estuviese en concurso con un
segundo, tanto de lesiones como un posible homicidio
imprudente, lo que a efectos penales ya supondrían más de
tres años de cárcel para los imputados.
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