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ACTUALIDAD - DOMINGO, 2 DE OCTUBRE DE 2011


lugar de los hechos. archivo.

siniestralidad laboral
 

La Audiencia decidirá si Dragados
va a juicio por la muerte de un
peón en las obras del hospital

Los hechos se produjeron el 24 de octubre
de 2008, cuando el trabajador colocaba pegamento en el suelo y se produjo una deflagración, por lo que la constructora
niega que hubiese delito

CEUTA
Cristina Marzán

ceuta
@elpueblodeceuta.com

La Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta será la encargada de resolver si Dragados debe ir a juicio por la muerte de un peón durante las obras del Hospital Universitario ya que la constructora ha interpuesto un recursos de apelación considerando que los hechos producidos el 24 de octubre de 2008 no fueron constitutivos de delito, como considera la Fiscalía tras la instrucción del caso.

A expensas de que la Audiencia Provincial dictamine lo contrario, la constructora Dragados podría ir a juicio para enfrentar la muerte de uno de sus peones durante las obras del Hospital Universitario en 2008.

Así lo ha dictaminado la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6 de común acuerdo con la representante del Ministerio Fiscal en la ciudad al entender que existen indicios de un posible delito contra la seguridad de los trabajadores tras finalizar la investigación del trágico suceso. Circunstancias que para la constructora no son constitutivas de delito ni tienen como responsable directa a dicha empresa, por lo que ha interpuesto ante la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta un recurso de apelación solicitando el sobreseimiento de las actuaciones.

El accidente laboral sufrido por el trabajador extranjero Ebrima Njie tuvo lugar el 24 de octubre de 2008 en las obras del nuevo Hospital Universitario, cuando el peón se encontraba colocando pegamento en el suelo mediante una llana metálica para, posteriormente, colocar el pavimento. Fue entonces cuando se produjo una deflagración que provocó un incendio.

Según consta en las investigaciones del caso, a las que ha tenido acceso EL PUEBLO, el informe provisional urgente de la Inspección de trabajo afirmó que el motivo de la deflagración fue el carácter altamente inflamable del pegamento utilizado por el trabajador, así como la escasa ventilación del lugar donde se estaban realizando los trabajos y la utilización de un foco halógeno de suelo demasiado cerca del operario. Dicha deflagración “ocasionó quemaduras al trabajador en un 70 u 80% de su cuerpo, que posteriormente le produjeron la muerte”, reza el informe forense unido al procedimiento.

Dentro de las pruebas solicitadas por la Fiscalía al entender que dicho accidente podía ser susceptible de delito constan la declaración como testigo del compañero de trabajo del accidentado, la declaración como imputados del jefe de obra, administrador o representante legal de la empresa para la que trabajaba el accidentado, la aportación de los planes de seguridad de la empresa así como un informe del inspector de trabajo detallado sobre las causas concretas del accidente y medidas de seguridad de las que disponía el trabajador.

Todo ello con el fin de investigar si el trabajador “realizaba una labor para la cual tenía la cualificación profesional adecuada, si la empresa había suministrado al peón medios de protección adecuados que garantizaran su seguridad frente al trabajo desempeñado, y si tenía información y formación sobre los riesgos del trabajo a desempeñar y la relación causal entre el accidente sufrido y la ausencia o no de medidas de seguridad adoptadas por la empresa”, aclararon fuentes cercanas al caso.

En el caso de que el tribunal de la Audiencia desestimase el recurso interpuesto por Dragados, la constructora podría enfrentarse a un delito contra el derecho de los trabajadores en concurso con otro delito de lesiones u homicidio imprudente, según lo que determine la Fiscalía en su escrito de acusación final.
 


La constructora enfrentaría un delito contra el derecho de los trabajadores

En el caso de que el tribunal de la Audiencia desestime el recurso de apelación interpuesto por Dragados, la constructora podría enfrentarse, inicialmente, a un delito contra el derecho de los trabajadores, que castiga a los que, con infracción de las normas de prevención de riesgos laborales y estando legalmente obligados, no faciliten los medios necesarios para que los trabajadores desempeñen su actividad con las medidas de seguridad e higiene adecuadas, de forma que pongan así en peligro grave su vida, salud o integridad física. Esto podría suponer penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses. Además, como el accidente laboral tuvo resultado de muerte, la Fiscalía no descarta que ente primer delito estuviese en concurso con un segundo, tanto de lesiones como un posible homicidio imprudente, lo que a efectos penales ya supondrían más de tres años de cárcel para los imputados.
 


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