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sucesos - SÁBADO, 26 DE FEBRERO DE 2011


lugar deldomicilio familiar, en Patio Páramo. ep.

violencia de genero
 

Apuntan a la tentativa de homicidio aunque acrediten que no hay riesgo vital en las lesiones

Fiscalía y acusación particular podrían calificar así los hechos pese a que el forense refleje que las puñaladas no dañaron órganos vitales
 

CEUTA
Cristina Marzán

ceuta
@elpueblodeceuta.com

Aún no han sido redactados los correspondientes escritos de acusación contra el militar detenido por la agresión a su mujer e hijo pero tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular ya apuntaban ayer al delito de tentativa de homicidio pese a que el parte del forense acreditaba que las lesiones de las víctimas no comprendían riesgo para la vida puesto que no alcanzaron los órganos vitales.

Fuentes judiciales consultadas por este medio de comunicación explicaron que la calificación de homicidio o asesinato conlleva, entre otras circunstancias, el que la agresión sufrida por las víctimas alcance riesgo vital para las mismas. Hecho que en este procedimiento no se ha producido y que podría derivar en una calificación de delito de lesiones graves. Sin embargo, la intencionalidad, que es otro de los parámetros de estudio en la acusación, sí comprenderá un estudio más exhaustivo de la única declaración aportada ayer por el detenido. Lo que se conoce como el ánimo o ‘dolo’.

Con respecto a las propias víctimas, el INGESA ayer confirmó que continúan en proceso de recuperación aunque las heridas en las manos son bastante graves, habiendo producido la rotura de tendones en el caso del hijo del detenido. Y tal como decretó el jueves el juez de Instrucción número 4, ambos continuarán custodiados por los agentes del Cuerpo Nacional de Policía hasta que se les de el alta médica, como medida de protección.

Vistas así las cosas y recopilando los datos aportados a la causa, a tenor de las estimaciones realizadas por la Fiscalía, el subteniente de la ULOG no sólo podría enfrentarse a un delito de tentativa de homicidio, que parte de una pena de hasta 7 años de prisión, sino que habría que añadirle el agravante de parentesco, que sumaría otro año de cárcel.

Además del delito de quebrantamiento de condena, puesto que sobre él pesaba una orden de alejamiento con respecto a su esposa, y que estimaría entre 6 meses y un año de presidio. Sin olvidar las lesiones, que podrían ser constitutivas de delito, con otros dos años de cárcel por cada víctima, o una falta, por lo que se quedaría en una multa durante 30 días. Por lo que el detenido podría enfrentarse a más de diez años de prisión y, según el Código Penal Militar, a la inhabilitación como miembro de las Fuerzas Armadas.
 


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