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ACTUALIDAD - DOMINGO, 25 DE JULIO DE 2010

 

seguridad / Unidad específica de Ordenanzas

La multa por obras sin licencia, tanto en la vía pública como en interiores es proporcional al coste de la actuación

CEUTA
Tamara Crespo

ceuta
@elpueblodeceuta.com

Quienes lleven a cabo obras sin licencia se enfrentan a multas que, como ocurre a la hora de pagar las licencias que corresponda, son -según señalaba el jefe de la Unidad de la Policía Local encargada de la vigilancia de las Ordenanzas-, proporcionales al coste de las mismas.

En la Ordenanza Reguladora de la Disciplina Urbanística, que data de 1996 y ha sido recientemente renovada para agilizar los trámites de paralización, sanción y, en su caso, demolición de obras no legalizables, se establece que el importe de las multas urbanísticas tiene una cuantía máxima de “cien millones de pesetas”.

La normativa en vigor recoge que “para determinar la cuantía de las sanciones se tendrán en cuenta la calificación de las infracciones cometidas, la evaluación de los actos urbanísticos constitutivos de las mismas, su potencial legalización, la responsabilidad disciplinaria de los culpables, su posible reincidencia y el beneficio ilícito obtenido”.

En cuanto a la valoración de las multas, la Ordenanza señala asimismo que para fijar su cuantía hay unos criterios de valoración del suelo afectado y que el “valor de las obras, instalaciones o actuaciones” se calculará en función de “su coste real de ejecución”.

Unidad en Fomento


Son los técnicos de la Ciudad Autónoma, en concreto, de la consejería competente, Fomento, quienes han de emitir los informes relativos a estas obras ilegales. Tal como anunció el Ejecutivo local la pasada semana, la “unidad administrativa” creada para este fin se ha reforzado en las últimas semanas y a lo largo del próximo mes el departamento que dirige Juan Manuel Doncel ofrecerá un informe acerca de sus actividades.

El cambio introducido a instancias del consejero de Fomento en la Ordenanza -en vigor desde el pasado día 16- establece un procedimiento sumario que permite el precintado de las obras ilegales por la Policía Local y abrevia los trámites de incoación del expediente hasta un máximo de 41 días.

Por su parte, el Código Penal recoge penas incluso de cárcel para “los promotores, constructores o técnicos directores que lleven a cabo una construcción no autorizada en suelos destinados a viales, zonas verdes o bienes de dominio público (...)”, algo que ocurre en muchos casos de construcción ilegal, que suelen comenzar por la ocupación de terrenos públicos, como, en el caso más reciente en una zona verde del Príncipe. Las penas para estos delitos son de prisión de seis meses a tres años, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de seis meses a tres años”.
 


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