Durante el trámite de informes, el representante del
Ministerio Fiscal y los letrados de la acusación particular
pusieron en tela de juicio la “preparación y credibilidad”
de los testigos propuestos por los abogados de la defensa de
los supuestos autores del tiroteo de aquel 22 de octubre de
1997. Por su parte, la Fiscalía rebajó la pena inicial
solicitada para los encausados al aplicar el atenuante muy
cualificado de dilaciones indebidas por los 13 años
transcurridos y estableciéndola en un año y 6 meses de
prisión.
Coartadas, testigos o participaciones en los hechos fueron
puestos ayer en tela de juicio por los dos letrados que
representaron a la acusación particular y el representante
del Ministerio Fiscal en la ciudad sobre el tiroteo del 22
de octubre de 1997 en el Puente del Quemadero.
Durante el trámite de informe, la Fiscalía hizo algunas
modificaciones con respecto a las penas solicitadas para los
imputados al entender que, por el tiempo transcurrido, debía
aplicarse el atenuante muy cualificado de dilaciones
indebidas por lo que la pena inicial de 5 años de prisión
quedó rebajada a un año y seis meses de cárcel. Con respecto
a este argumentó, la acusación particular mostró su total
oposición argumentando que “no se podía beneficiar a los que
han intentado, por todos los medios, que este juicio no se
celebrase”. Haciendo referencia a las “supuestas coartadas”
de los procesados, el letrado fue desmontando, una a una,
cada suposición. Así, con respecto al apodado como ‘Manteca’
que, en teoría, estaba en Algeciras al regresar de Sevilla,
“pudimos comprobar que las empleadas del hotel nunca lo
vieron en el mismo, que el médico no lo recibió en inguna
consulta y las facturas del hotel presentadas tenían nombres
diferentes”. Soltando más cabos, el letrado apuntó que en el
caso del conocido como ‘Tos’, pudo ser cierto que estuvo en
dicho restaurante aunque “el parte del INGESA consta que a
las 21:00 horas ingresó el herido, por lo que es compatible
que el acusado estuviese en el escenario de los hechos y
después llegase al local”. Para el apodado como ‘Tapiño’, el
fiscal descartó todo tipo de coartadas ya que “si estaba en
el domicilio familiar, su madre podría haberlo corroborado y
no ha venido al juicio”.
Mientras que para el encausado al que la víctima no
reconoció, el Ministerio Fiscal dudó su participación por
las declaraciones de los numerosos testigos que aseguraron
no haberlo visto en compañía de los presuntos autores. Para
finalizar su intervención y donde mayor hincapié hicieron
las partes acusatorias para evaluar la “credibilidad y
preparación” de los testigos de la defensa, fue en la
versión que hacía referencia a ‘Tafa Sodia’. Según los
abogados “fue compatible que jugase al squash y cometiera
los hechos” cuestionando que fuese el encargado del centro
deportivo el responsable de recabar testimonios de usuarios
del mismo y que estos, “sin conocer de nada al implicado” lo
reconocieran y aseguraran haberlo visto allí.
El hilo argumental de las acusaciones concluyó en un frase
final: “La ley del silencio impera en el Príncipe”.
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La denuncia por el contrato de supuestos detectives “fue
archivada”
Varios familiares del herido de
bala aseguraron ayer ante el titular del Juzgado de lo Penal
haber sufrido “amenazas, extorsiones y vigilancia por parte
de detectives” durante estos trece años después del tiroteo
en el Puente del Quemadero. Los testigos explicaron que no
entendían el motivo del suceso y que nunca le encontraron
lógica, sólo “que el día que mi hermano llegó a Ceuta fue a
visitar a dos familiares a los que ya habían agredido los
acusados y lo vincularían a ellos por venganza”. Sin
embargo, uno de los letrados de la defensa refutó tales
acusaciones y manifestó que la denuncia por los supuestos
detectives “fue archivada por el juez con el consiguiente
sobreseimiento de la causa”.
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