El presidente de la Junta Electoral, admitió ante los
micrófonos de EL PUEBLO TV que en el trasiego de la
comunicación hacia los candidatos, “sólo se dio cuenta de la
posibilidad del recurso de alzada” cuando los aspirantes
excluidos recibieron la información oficial de su exclusión.
Sin embargo, la Junta se amparó en el artículo 71 de la Ley
PAC que permite 10 días de subsanación de defectos. El
artículo legal de referencia exige que los interesados sean
avisados de esta circunstancia.
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