La escasez de médicos de todas las especialidades que ha
padecido el Sistema Nacional de Salud durante años ha sido
en gran medida paliada con la llegada de profesionales
extranjeros. Sin embargo, el miedo a ser tratados por
médicos sin título homologado siempre ha planeado sobre esta
solución.
Así las cosas, el Ministerio de Sanidad publicó el pasado
lunes en el BOE el Real Decreto 459/2010, por el que se
regula el reconocimiento de títulos obtenidos en países
extracomunitarios. Para ello se exige: estar en posesión del
título español o de la resolución de homologación o
reconocimiento del título extranjero que se requiere para
acceder a la formación especializada; poseer un título
extranjero de especialista de carácter oficial; demostrar
que la formación especializada se ha realizado en un centro
universitario; acreditar la formación especializada cursada;
acreditar un conocimiento suficiente del español; no estar
inhabilitado por un juez.
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