La presunción de inocencia del acusado y el derecho al
secreto de las comunicaciones fueron los pilares de la
intervención del catedrático de Derecho Procesal, Víctor
Moreno, quien dio una clase magistral al auditorio sobre las
garantías en el proceso penal y su “rabiosa actualidad” en
cuanto a que no respondían a las “exigencias
constitucionales”.
Al entender de Moreno, la represión de una conducta
delictiva es posible sin “menoscabar” los derechos
fundamentales; idea que enlazó con los medios técnicos
utilizados en la instrucción para el valor probatorio de la
acusación, en concreto, las intervenciones telefónicas, y
considerando que esta labor correspondía a los Cuerpos y
Fuerzas de Seguridad del Estado “sin permitir la colocación
de micrófonos debajo de una cama”, propuso como ejemplo.
Desglosando esta teoría, el catedrático manifestó que la los
agentes policiales “de modo autónomo, controlan cada
movimiento del sujeto investigado con medios sofisticados y
escuchando cada uno de sus pasos siendo contrario al
progreso que hemos experimentado en cuanto a los derechos
fundamentales recogidos en el artículo 18 de la
Constitución”, advirtió.
Dentro del debate suscitado en el auditorio, discrepó con el
ponente el Jefe Superior de Policía, José Luis Torres, quien
manifestó que “somos tan garantes del proceso como el resto
de operadores jurídicos. Y no vamos en contra de la
legalidad ya que cada intervención que se ha realizado para
la investigación de un hecho delictivo, ha estado
previamente autorizada por el juez y, posteriormente,
prorrogada por el mismo”, defendió.
Como respuesta a la intervención de Torres, el
conferenciante insistió en que “nunca” había calificado de
ilegales las ‘escuchas’ aunque a su entender representaban
una “intromisión en la esfera de los derechos
fundamentales”. Moreno, además, recomendó el uso de otros
medios de pruebas incluso para los jueces y magistrados ya
que podrían dar casos de “jueces en el banquillo, ya que la
doctrina actual del Tribunal Supremo aboga por el respeto de
los derechos fundamentales invalidando muchos recursos de
apelación en sentencias absolutorias”, clausuró, lamentando
que “no corren buenos tiempos para los derechos
fundamentales en el proceso penal”.
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