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ACTUALIDAD - DOMINGO, 24 DE ENERO DE 2010


buque que opera en el estrecho. e.p.

TRANSPORTE MARÍTIMO
 

La investigación de
Competencia resuelve que las navieras pactaron los precios

La Dirección de Investigación de la Comisión Nacional ha dado la razón a la Ciudad, que
en Semana Santa de 2008 sospechó de la realización de esta práctica, prohibida por ley

CEUTA
Tamara Crespo

ceuta
@elpueblodeceuta.com

La Dirección de Investigación de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha dado la razón a la Ciudad en relación con la presunta concertación de precios por parte de las navieras que observó a partir de la Semana Santa de 2008 y que llevó al Ejecutivo a presentar una denuncia por la posible vulneración de la Ley. En un informe de más de 40 páginas, la CNC recoge que las compañías se propusieron los precios a establecer y que tomaron la decisión de igualarlas al alza, lo que produjo subidas de entre el 0,44 y el 4,62%.

La Dirección de Investigación de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha estimado la denuncia presentada por la Ciudad Autónoma contra las compañías navieras que operan en la línea del Estrecho por su actuación en la Semana Santa de 2008 al incrementar los precios en similares condiciones, lo que desde la Consejería de Sanidad y Consumo se consideró que podría tratarse de prácticas restrictivas de la competencia prohibidas por la legislación.

Según se informó ayer desde la Ciudad, en un informe de más de 40 páginas la Dirección de Investigación de la CNC le ha dado la razón después de considerar que desde la Semana Santa de 2008 hasta al menos el verano de 2009 (el periodo estudiado) “se han extralimitado en sus comunicaciones y han acordado tarifas de intercambio idénticas en numerosas ocasiones”, algo que prohíbe la Ley de Defensa de la Competencia.

Por ello, la Dirección de Investigación de la CNC ha resuelto que todas las compañías que operan en la línea, esto es Buquebús, su filial Euromaroc 2000, y la empresa matriz de ambas, Eurolíneas Marítimas por un lado; Euroferrys y Trasmediterránea por otro, y por último, FRS, han incurrido en una infracción tipificada en el citado artículo de la ley. Del mismo modo, se considera que las seis empresas (tres a efectos prácticos y cinco navieras) han incumplido las condiciones recogidas en los fundamentos de derecho de la autorización singular otorgada a Buquebús, Trasmediterránea y Euroferrys el 30 de mayo de 2006 por un periodo de 3 años, renovables por el extinto Tribunal de Defensa de la Competencia para poner en marcha un sistema de interlineado o intercambio de billetes.

En el denominado ‘Pliego de Prescripción de Hechos’ realizado por la Dirección de Investigación de la CNC se considera demostrado que las navieras pactaron en varias ocasiones todos los precios que aplican por sus servicios, es decir, “distinguiendo residente y no residente, adulto y menor, turista y club, todo tipo de vehículos, en euros y en dírhams, y desglosando la tarifa o precio de venta, el gasto comercial (12%, igual para todas las navieras) y la tarifa de intercambio, importe neto a facturar entre ellas”.

Según revela la resolución, en Semana Santa de 2008 las compañías se propusieron los precios. “Cada una hizo su propuesta -señalan desde la Ciudad-, pero finalmente tomaron la decisión de igualar al alza las tarifas, lo que se tradujo en el caso de los pasajeros en subidas de entre un 0,44 y un 4,62 por ciento en comparación con los precios que cada una de ellas había propuesto en una primera fase”. La concertación volvió a realizarse tanto en verano de ese mismo año (cuando entró a operar FRS), incrementando de nuevo las tarifas pactadas en Semana Santa, como en el mismo periodo de 2009, con una nueva subida.

La autorización singular del extinto TDC daba luz verde al intercambio de billetes entre las compañías, de manera general durante la Operación Paso del Estrecho (OPE) y de modo más restrictivo durante el resto del año, lo que a efectos prácticos eximía a las navieras de la aplicación del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia (la 16/1989 hasta el 31 de agosto de 2007 y la 15/2007 a partir del 1 de septiembre de ese año). Lo hacía atendiendo a las singularidades de la línea, entre las cuales figuraban, tal como recuerda el Ejecutivo, la seguridad, problemas de índole social y orden público o las pérdidas de tiempo para los usuarios, pero en opinión de la Dirección de Investigación de la CNC se han vulnerado los fundamentos jurídicos de la norma. “Esta autorización permitía -apunta la Ciudad- que se fijaran las tarifas netas de cada naviera, resultantes de la diferencia entre los precios de venta y los costes de comercialización y su posterior comunicación al resto de navieras, pero no el alineamiento a las tarifas netas de los competidores, ni el intercambio de información sobre gastos comerciales o precios de venta al público”. Además, el reglamento establecido en la autorización señalaba que la liquidación habría de hacerse a través de una Cámara de Compensación que organizaran las propias empresas, algo que tampoco han hecho, según la resolución de Dirección de Investigación de la Comisión.

Este diario trató ayer de recabar la opinión de las navieras, sin que fuera posible localizar a los portavoces de FRS y Acciona. Por su parte, desde el departamento de comunicación de Baleària se afirmó no tener aún constancia de la resolución, por lo que no hubo pronunciamiento.
 


Las empresas tienen 15 días para presentar alegaciones

Las compañías a las que la CNC ha investigado (Buquebús -ahora Baleària-, Euroferrys, Acciona y FRS) cuentan con un plazo quince días hábiles a contar a partir del momento de la recepción de la notificación (desde el Ejecutivo se informó de que la Ciudad la recibido hace unos días) para presentar sus alegaciones y solicitar la práctica de las pruebas que consideren pertinentes. Por su actuación, las compañías pueden ser sancionadas económicamente, en los términos previstos en el artículo 63 de la Ley de Defensa de la Competencia, si así lo resuelve, una vez que finalice la tramitación del expediente, el órgano competente, que es el Consejo de la propia Comisión Nacional de la Competencia (CNC).
 


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