Fueron las intervenciones telefónicas realizadas en un
procedimiento independiente las que destaparon la presunta
implicación de los doce acusados en el alijo de más de 1.500
kilos de hachís intervenidos en la playa de Estepona en
febrero de 2008.
Este argumento fue el arma de doble filo utilizado por los
abogados para ejercer la defensa de sus clientes alegando
que muchas de las escuchas no estaban autorizadas por el
juez instructor o las prórrogas de las mismas habían
superado los plazos temporalmente establecidos por ley. De
ahí que los seis abogados criticasen la falta de “control
judicial” y denunciansen la vulneración de derechos
fundamentales como la intimidad en el secreto de las
comunicaciones o un proceso con las debidas garantías, por
lo que reiteraron la “irregularidad procesal de la
investigación”.
‘Primer asalto’
Antes de iniciar el juicio, la fiscal y los abogados
plantearon las cuestiones previas a la toma de
declaraciones.
En ellas, los letrados denunciaron la falta de legalidad, no
sólo en las intervenciones telefónicas (algunas sin
resolución judicial), sino el no haber aportado varias
grabaciones a las diligencias del caso, “por lo que el juez
luego autoriza el pinchar los móviles sin haber comprobado
que existían indicios delictivos”.
Este argumento fue debatida por la fiscal haciendo
referencia a una sentencia dictada por el Tribunal Supremo
el cual acuerda que “cuando se daña la salud pública y el
hablante está implicado en la actividad delictiva
investigada, la falta de legalidad se contempla dentro de la
jurisprudencia”. Este pleito desembocó en una nueva crítica
de los letrados hacia un proceso con las debidas garantías
ya que justificaron que el hecho de que no se aportasen
todas las pruebas (las grabaciones en este caso), producía
la indefensión de los imputados.
Aludiendo a la continua confrontación referida a las
prórrogas de las intervenciones, la fiscal puntualizó que la
UDYCO había comprobado que dicha banda había intentado otros
pases a Levante pero habían resultado fallidos por lo que
continuaron con las sospechas y la paralela investigación de
los presuntos implicados.
‘Segundo asalto’
Las competencias de los órganos judiciales fue otro de los
puntos tratados por la defensa, la cual entendía que
habiéndose intervenido la droga en Estepona y deteniendo a
la mayoría de los imputados en dicha zona y la Costa del
Sol, debían ser los juzgados de Málaga los que hubiesen
realizado la instrucción y la apertura del procedimiento.
Argumento refutado por la representante del Ministerio
Fiscal, la cual aclaró que la investigación se había
iniciado en Ceuta y que, por normas internas, el juez decano
había atribuido al Juzgado de Instrucción número 5 la
apertura del procedimiento. “Podían haber presentado un
recurso al decano que no se hizo”, apostilló.
Tras las exposiciones de acusación y defensa, le tocó el
turno a los magistrados para deliberar sobre dichas
cuestiones, que fueron resueltas en la sesión de la tarde.
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