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ACTUALIDAD - VIERNES, 22 DE MAYO DE 2009


FRANCISCO MÁRQUEZ. REDUAN.

 sesión plenaria ordinaria en la asamblea
 

Los tributos locales de vencimiento periódico podrán pagarse ‘a la carta’

Los ciudadanos tendrán la posibilidad desde 2010 de pedir el aplazamiento o el fraccionamiento del abono del IBI, los vados, la instalación de quioscos o el Impuesto sobre Vehículos para cumplir con ellos entre el 1 de marzo y el 30 de noviembre

CEUTA
Gonzalo Testa

ceuta
@elpueblodeceuta.com

El Pleno revisó ayer sin diferencias entre los grupos allí representados (PP, UDCE-IU y PSOE) el plan que le presentó el consejero de Hacienda y presidente del Consejo de Administración de Servicios Tributarios, Francisco Márquez, para que desde el año que viene los ceutíes que así lo soliciten puedan fraccionar el pago del IBI, la ocupación de espacios en la vía pública, la instalación de quioscos o el Impuesto de Tracción Mecánica en 5 cuotas de julio a noviembre para “facilitar” en tiempos de crisis el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

El consejero de Hacienda de la Ciudad Autónoma de Ceuta, Francisco Márquez, presentó ayer al Pleno de la Asamblea la propuesta que ha elaborado para que a partir del año que viene Servicios Tributarios ofrezca a los ceutíes la posibilidad de pagar ‘a la carta’ los tributos locales de vencimiento periódico: el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), el que grave los Vehículos de Tracción Mecánica, el de instalación de quioscos y que regula el uso y disfrute de vados permanentes o espacios de carga y descarga en la vía pública.

Durante su defensa de la iniciativa, que tiene su origen en una propuesta que en tal sentido le trasladó UDCE-IU el pasado mes de marzo, tal y como refirió él mismo, Márquez recordó que es “responsabilidad” del Ejecutivo ceutí velar porque la Tesorería municipal no se vea gravemente alterada por una modificación de los plazos establecidos para sus ingresos en forma de tributos que, añadió, son de obligado cumplimiento.

Por ello el pago de impuestos ‘a la carta’, forma vulgar de lo que él presentó bajo del nombre de ‘Plan personalizado de pago de los tributos de vencimiento periódico’, debe tener “unos límites” que ahora se extenderán de forma uniforme sobre las cuatro tasas desde el 1 de marzo hasta el 30 de junio (para el pago voluntario) y hasta el 30 de noviembre para aquellos que soliciten el aplazamiento de sus obligaciones tributarias.

Cinco cuotas mensuales

De esta forma los ciudadanos que así lo soliciten tendrán la posibilidad de fraccionar hasta en cinco cuotas mensuales que la Ciudad detraería directamente de sus cuentas bancarias entre los meses de julio y noviembre, ambos inclusive.

Aunque la iniciativa no debía someterse al Pleno de forma obligatoria, pues su ejecución es competencia exclusiva del presidente del organismo autónomo Servicios Tributarios, el propio consejero, los grupos de la oposición también pudieron pronunciarse sobre ella.

El portavoz de UDCE-IU, Mohamed Ali, advirtió de que es tan obligación ciudadana pagar los tributos como imperativo institucional facilitar su abono a los contribuyentes, “especialmente en el momento económico que vivimos”.

El tenor literal de la propuesta expuesta por Márquez prevé igualmente que cuando un ciudadano que haya solicitado el aplazamiento de los pagos de estas cuatro tasas falte a uno de ellos se acumule al siguiente. Si falla con dos cuotas perderá su derecho.
 


Desarrollo del plan de fraccionamiento del pago de las cuatro tasas

1) El procedimiento se iniciará siempre, según explicó el consejero, a solicitud del interesado, que podrá formular su petición antes del 30 de junio.

2) Para poder dividir sus obligaciones fiscales con la Ciudad Autónoma el ciudadano deberá domiciliar el abono de las cuotas correspondientes “y estar al corriente en los pagos de los tributos que se integran en el plan”.

3) La deuda podrá ser aplazada o fraccionada hasta en un máximo de cinco vencimientos mensuales que irían de julio a noviembre. Ello no supondrá el recargo de ningún tipo de intereses demora sobre el contribuyente.

4) En caso de que el solicitante faltara a las condiciones de pago establecidas con Servicios Tributarios se prevé que el impago se acumule en la siguiente cuota. Si el contribuyente faltase a sus obligaciones durante dos cuotas seguidas vería anulado de forma automático el sistema de fraccionamiento. De forma inmediata (“al día siguiente”) la Ciudad iniciaría el procedimiento de cobro ejecutivo de los impagos.
 


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