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ACTUALIDAD - SÁBADO, 13 DE DICIEMBRE DE 2008


Carolina Pérez. reduan.

ASUNTOS SOCIALES
 

El IMIS llegará a más de 278
familias con un presupuesto
de casi un millón de euros

“Esta experiencia piloto”, como la calificó
la consejera de Asuntos Sociales, entrará
en vigor el próximo jueves y empezará a cobrarse a inicios del mes de febrero

CEUTA
Cristina Marzán

ceuta
@elpueblodeceuta.com

El Ingreso Mínimo de Inserción Social (IMIS) entrará en vigor a partir del próximo 18 de febrero y comenzará a cobrarse a inicios de febrero, llegando a más de 278 familias de la ciudad y contando con un presupuesto que casi alcanza el millón de euros. Las solicitudes se podrán recoger en la Consejería de Asuntos Sociales, en la UTS de Príncipe Alfonso, en el Centro de Servicios Sociales y por el Registro municipal. Las citas para entregarlas serán individuales y como requisitos determinantes se contemplarán los ingresos económicos (no superiores a 300 euros), la residencia española y estar empadronado en Ceuta durante un año.

La Consejería de Asuntos Sociales ha dado luz verde al Ingreso Mínimo de Inserción Social, popularmente conocido como IMIS.

Esta nueva subvención entrará en vigor a partir del 18 de diciembre (el próximo jueves), siendo de carácter periódico (durante un año) y destinada a los gastos de primera necesidad estando acompañada de otra medida que se define como contraprestación: “apoyos personalizados de inserción laboral y social traducidos en intervenciones familiares, talleres formativos y otras líneas relacionadas con el empleo”, indicó la consejera de Asuntos Sociales, Carolina Pérez.

Se prevé que el IMIS llegue a 278 familias de la ciudad autónoma teniendo en cuenta que el presupuesto para 2009 alcanzará el millón de euros. Cálculos aproximados ya que “se parte de 270 euros y se suma un 5% por cada miembro de la familia hasta un máximo de 300 euros”, advirtió la consejera. Esta prestación se pondrá en marcha el próximo jueves dando un número concreto de citas de ocho a diez de la mañana y a partir de esta hora hasta las dos de la tarde, de lunes a jueves, se atenderán las solicitudes.

Habrá tres puntos informativos, a parte de la Ciudad, donde se ayudará a rellenar las solicitudes, que se podrán recoger en la Consejería de Asuntos Sociales (San Amaro), el Centro de Servicios Sociales (Morro) y en la UTS de Príncipe Alfonso. “Lo que intentamos es no colapsar los servicios y llevarlo todo de una manera organizada, lo más operativa posible, porque somos conscientes de que hay mucha gente reticente a entregar tanta documentación. Por ello queremos hacerlo de una manera individualizada atendiendo a estas personas por número de citas al día calculando unas 40 diarias”, precisó Pérez. El ingreso se formulará siempre a mes vencido, es decir, las personas que el día 18 soliciten y se les acepte la demanda, cobrarían a primeros de febrero.

Como requisito determinante podrán contemplarse los ingresos económicos de las familias, que en ningún caso deberán superar los 300 euros, estar residiendo legalmente en este país y llevar empadronado en el municipio al menos un año. Del mismo modo, se realizará una valoración del patrimonio en caso de que se disponga de este y los parámetros de estimación deberán ajustarse al reglamento. Además, se ha tenido en cuenta la compatibilidad con algunas prestaciones de los Servicios Sociales tales como las ayudas técnicas, la adaptativa del hogar, las de emergencia social, recetas médicas, prótesis, barcos y enseres de primera necesidad.

Requisitos acceso al IMIS


Cinco serán los requisitos indispensables para recibir el IMIS. En primer lugar, estar empadronado en Ceuta y tener residencia efectiva durante el año anterior a la solicitud de la prestación. Los ciudadanos que no sean de la Unión Europea deberán acreditar 2 años de residencia legal continuada en la ciudad, de los que 12 meses han de ser anteriores a la solicitud.

En segundo lugar, carecer de recursos económicos hasta el máximo de la cantidad que corresponda percibir a la unidad de convivencia en concepto de IMIS (300 euros).

El tercer requisito, haber solicitado las pensiones y prestaciones a que pudieran tener derecho. Quienes se encuentren en edad legal de trabajar deben estar inscritos en el INEM en la fecha de presentación de la solicitud salvo que sus circunstancias personales o sociales, reflejadas en el informe social, excepcionen este requisito, y sin perjuicio de la extinción del derecho para el caso de que desaparezca esta circunstancia por tener empleo.

En cuarto lugar, ser mayor de 25 años y menor de 65 aunque también podrán ser beneficiarias las personas que, reuniendo el resto de condiciones, se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias: detentar menores o personas con discapacidad a su cargo. Tener una edad entre 18 y 25 años estando tutelado por la Ciudad o en el caso de orfandad absoluta. Constituir una unidad de convivencia independiente con antelación mínima de 6 meses; o carecer de recursos suficientes para hacer frente a las necesidades básicas de la vida.

Por último, con carácter excepcional, podrán ser beneficiarias de la prestación aquellas personas que constituyan unidades de convivencia en las que concurran circunstancias que las coloquen en estado de extrema necesidad como ser víctima de malos tratos o personas con graves problemas de exclusión que convivan con un familiar que no sea de primer grado de parentesco.
 


Documentación a entregar según lo previsto en el artículo 14 del Reglamento por el que se establece el Ingreso Mínimo de Inserción Social

Aquellos ceutíes que deseen recibir el IMIS deberán presentar la siguiente documentación.Fotocopias del documento acreditativo de la identidad de la persona solicitante y de los demás miembros de la unidad económica de convivencia así como del libro de familia o, en su caso, de los documentos que acrediten la guarda y custodia o tutela. En el supuesto de malos tratos deberá acreditarse mediante fotocopia de la resolución judicial. En el caso de que no se hubiere dictado, se presentará la fotocopia de la denuncia. En el caso de existencia de relaciones permanentes análogas a la conyugal, la misma será acreditada por el certificado expedido por la Consejería de Asuntos Sociales. Si se trata de separación, divorcio o nulidad matrimonial, fotocopia de la correspondiente resolución. En relación al patrimonio de la unidad de convivencia: declaración jurada de ingresos no declarados; certificados bancarios relativos al estado de cuentas; certificado de bienes inmuebles; fotocopia de la última nómina mensual o del contrato de trabajo; copia del recibo de la última pensión; en el caso de desempleados con prestación o subsidio de desempleo, fotocopia del recibo del último pago de prestación o subsidio o certificado del INEM. Certificado de convivencia de las personas que conforman la unidad de convivencia (que será comprobado por los Servicios Sociales Comunitarios). Y por último, el certificado de demandante de empleo en el INEM (tarjeta demanda).
 


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