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ACTUALIDAD - SÁBADO, 27 DE SEPTIEMBRE DE 2008


Trabajadores en su jornada laboral. e.p.

contrataciones en la administración local
 

El concurso de méritos se
basará en la experiencia y
la formación académica

La baremación de los méritos tendrá
un máximo de 40 puntos: 22 para la
veteranía en un puesto de trabajo similar
al ofertado y 18 para los cursos realizados
 

CEUTA
Rober Gómez

ceuta
@elpueblodeceuta.com

Efectuada la preselección por el INEM, los candidatos deberán aportar en un plazo de dos días hábiles la documentación para la valoración de los méritos, así como fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI), a través del Registro de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

La Comisión de Selección procederá entonces a la valoración de los méritos alegados por los candidatos. La baremación tendrá un máximo de 40 puntos, que valorarán la experiencia profesional y la formación académica.

Así, la experiencia profesional se baremará con un máximo de 22 puntos: por lo servicios prestados en puestos de trabajo en cualquier Administración Pública o en entidades u organismos públicos vinculados o dependientes de ella sustancialmente iguales al que se convoca, se otorgarán 0,3 puntos por mes trabajado, debidamente justificado mediante el contrato y vida laboral, debiendo en caso de presentación de fotocopias, estar compulsadas.

Por otro lado, la formación académica se valorará hasta un máximo de 18 puntos: por cada 10 horas de cursos impartidos homologados por Administraciones Públicas o entes públicos, organizaciones sindicales y confederaciones de empresarios relacionados con las funciones propias y específicas del puesto de trabajo al que se opta, se otorgarán 0,5 puntos por cada 10 horas, hasta un máximo de 2 puntos; y por recibir cursos de formación y perfeccionamiento de 10 o más horas homologadas por Administraciones o entes públicos, sindicatos y Confederación de Empresarios relacionados con las funciones propias del puesto, se otoragarán 0,25 puntos por cada 10 horas hasta un máximo de 10 puntos.

En los supuestos en que dos o más aspirantes obtengan la misma puntuación, el orden de inclusión en la relación de candidatos se determinará por la mayor antigüedad del seleccionado como demandante de empleo en los últimos cinco años y por la mayor puntuación obtenida en cada uno de los apartados de mérito alegados y por el orden expresado en la relación de méritos.

Finalizada la selección de los candidatos, la Comisión hará pública en el Tablón de Anuncios del Palacio Autonómico la relación definitiva de aspirantes seleccionados por orden de la puntuación alcanzada.
 


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