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ACTUALIDAD - MARTES, 27 DE NOVIEMBRE DE 2007

 

ordenanza reguladora de los polígonos de actividades

La apertura de un expediente podrá conllevar
la clausura de los establecimientos

CEUTA
Gonzalo Testa

local
@elpueblodeceuta.com

Con independencia de la sanciones correspondientes, la apertura de un procedimiento sancionador por parte de la Ciudad por haber incumplido, por acción u omisión, lo prescrito en la nueva Ordenanza deberá enfrentarse a la posible adopción de medidas cautelares entre las que se prevé tanto la clausura “temporal, parcial o total” del establecimiento infractor como la “suspensión temporal para el ejercicio de la actividad de la empresa”. En el caso de los infractores extranjeros [básicamente, porteadores] “sin garantías de cumplimiento de las sanciones” se procederá a “la retención o depósito de la mercancía” que porten, que cuando sea perecedera se valorará para su posible restitución y se entregará inmediatamente a alguna “asociación benéfica”.

Los encargados de velar por el cumplimiento de la Ordenanza tendrán el carácter de “agentes de la autoridad” y los hechos que constaten tendrán, por tanto, “presunción de certeza”.
 


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