El representante del Ministerio Fiscal, José Luis Puerta,
inició ayer la recta final del juicio oral por el homicidio
con agravante de superioridad de Abdelatif Ahmed Alí con un
alegato apoyado eminentemente en los informes periciales y
los testigos - el sobrino y la cuñada de la víctima- que han
declarado haber visto cómo los tres acusados terminaban con
la vida de Abdelatif A.A.
Puerta se dirigió al jurado para indicarles como hizo en la
sesión constitutiva, que tendrán que actuar como jueces y
comenzó su alegato exponiendo las claves, de lo que a su
juicio, constituye el delito de homicidio con agravante de
superioridad tanto numérica -tres contra uno- como
instrumental -dos cuchillos de grandes dimensiones y un
hacha de carnicero contra una supuesta barra de hierro y un
supuesto cuchillo-.
En cuanto los autores, la Fiscalía asegura que los análisis
periciales y los testigos apuntan a que los tres hermanos
fueron autores materiales de los hechos puesto que “actúan
de mutuo acuerdo”. Un aspecto que destacó especialmente
Puerta fue la expresión que utilizó el sobrino de la víctima
al narrar cómo presenció los hechos en el domicilio de su
tío, “nunca olvidaré el sonido de los cuchillos penetrando
en el cuerpo”. El fiscal considera que no es una apreciación
que se pueda realizar en caso de falso testimonio. Además,
añadió la contundencia con la que el testigo identificó en
el interrogatorio a los tres acusados como autores del
homicidio.
Los informes periciales que José Luis Puerta esgrimió como
pruebas fueron los análisis de ADN que indicaban que la ropa
de los acusados contenía sangre de la víctima y las fibras
textiles encontradas en los dedos del fallecidos porque eran
similares a la de los acusados.
Las armas empleadas en el delito tampoco dejan lugar a dudas
según la Fiscalía, ya que argumenta que fueron tres según
los informes forenses. Este factor desacredita la versión de
la Defensa que contempla a Said como única persona armada de
los tres hermanos. Puerta hizo referencia a la complexión
atlética de Abdelatif, ya que la teoría de la defensa pasa
por la única intervención de Said, de menor envergadura, en
el ataque.
El último factor que analizó la Fiscalía fue el denominado
elemento temporal, es decir, los testigos de la acusación
declararon el mismo 29 de enero y el 11 de febrero de 2004
la misma versión, que fueron los tres hermanos y los
informes periciales sobre el ADN, las fibras textiles y la
reveladora autopsia fueron posteriores. De forma que no
pudieron adaptar sus testimonios a estas pruebas. En cambio,
manifestó el fiscal que los acusados se acogieron a su
derecho de no testificar hasta una fecha posterior a los
informes periciales. Para cerrar el círculo, el Fiscal
recordó al jurado su responsabilidad y “a modo de
referencia” expuso que los acusados han permanecido en
prisión preventiva desde hace tres años por la decisión de
tres jueces diferentes.
El abogado de la acusación particular, Lorenzo Linares, fue
más incisivo a la hora de solicitar el veredicto de
culpabilidad por unanimidad y el “triunfo de la justicia”
ante el “ojo por ojo”. Con un tono más acusador, atacó
directamente a los pilares de la Defensa. Por un lado, el
trastorno mental que alega Juan Carlos García Selva,
respecto a Said. La Acusación insiste en que este estado
psíquico implica que una persona pierda la voluntad por un
breve periodo de tiempo. Y que ante ésto, los forenses han
certificado que los acusados presentaban completa
normalidad. En cuanto la agresividad manifiesta de Abdelatif
A.A., la Acusación cuestionó la falta de testigos del barrio
que decían estar atemorizados y la falta de concreción del
anciano que declaró haber sido agredido por el fallecido.
Linares hizo hincapié en el hecho de que la madre de los
acusados fue dada de alta el mismo día de la agresión con
dos puntos de sutura en la cabeza -no 15 como declaró una de
sus hijas- y una costilla rota -no dos como también
comentó-. Asimismo, señaló que la hermana en periodo de
gestación no necesitó asistencia sanitaria. Y por último, la
Acusación precisó que la toxicomanía de Said no es un
atenuante, es decir, el consumo de cocaína y cannabis no
acredita que la capacidad, la inteligencia, la voluntad del
sujeto esté dañada.
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