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ACTUALIDAD - VIERNES, 1 DE SEPTIEMBRE DE 2006


Ferrón (I) junto a Márquez. Nicol’s

fomento / VPO
 

Emvicesa niega irregularidades
en la enajenación de Huerta Téllez

El gerente, Francisco Márquez, explicó
que las actuaciones respondieron a un acuerdo plenario unánime y a la resolución
del Consejo de Administración
 

CEUTA
Pedro García Luaces
pedrogarcia@elpueblodeceuta.com

El gerente de Emvicesa, Francisco Márquez de la Rubia, compareció ayer ante los medios acompañado por el consejero de Fomento, Juan Antonio Rodríguez Ferrón, para aclarar las posibles dudas surgidas a partir de una serie de críticas (“planteamientos demagógicos”, dijo Márquez), sobre la enajenación de las parcelas 1B1, 1B2 y 1M2 de Huerta Téllez. Francisco Márquez se remontó al principio del proceso, en mayo de 2004, cuando el Consejo de Administración de Procesa aprobó, “sin ningún voto en contra por parte de los representantes políticos”, el pliego de condiciones que regularía la enajenación de parcelas en esta ubicación.

“La decisión de enajenar se toma en un acuerdo plenario, aprobado por unanimidad a comienzos de 2004, a través del cual se declara como objetivo estratégico de la Ciudad la construcción de viviendas para paliar progresivamente el déficit existente en esta materia”, apunta Márquez de la Rubia. Esta estrategia implicaba una serie de objetivos, entre los que estaba el mantenimiento del esfuerzo inversor en la promoción pública de viviendas, mantener la implicación del Gobierno central en la promoción mediante el Plan de Dotaciones Básicas, habilitar el máximo suelo urbanizable posible y lograr la implicación del el sector privado en la promoción de VPO, “algo muy novedoso en aquella época”.

Para lograr la implicación del capital privado se tomaron una serie de determinaciones, siendo la urbanización de Huerta Téllez la materialización de este objetivo, según Márquez, que consistía en que la Ciudad lograse liberar la mayor cantidad de suelo propiedad de la Ciudad o de sus empresas. También se perseguía el incremento “hasta límites realistas” del precio máximo de venta de una vivienda “para hacerla atractiva al promotor privado, teniendo en cuenta además que los costes de construcción son superiores en Ceuta al del resto de la península”.

Otros objetivos fueron la venta del suelo a los promotores privados “a precios no especulativos” y que la selección de los adjudicatarios de VPO estuviese tutelado por la Administración Pública, es decir, bajo los criterios del Ministerio de Vivienda para este tipo de concursos.

Para Francisco Márquez, la enajenación de parcelas, tal y como se produjo en Huerta Téllez, formaba parte de esta serie de objetivos para liberalizar suelo y ponerlo en manos de constructores privados, “aprobados por el Pleno y el Consejo de Administración de Emvicesa”.

Condiciones del pliego

El pliego de condiciones de la enajenación de las parcelas indicadas, fijaba el precio aconsejado por la legislación para la enajenación, que era el 15% del precio máximo de las viviendas. También establecía la obligación de construir únicamente VPO y nunca vivienda libre. La construcción debería iniciarse en un plazo máximo de seis meses, una vez obtenidas las licencias, “con el fin de evitar la especulación con una posible subida del valor del suelo”. “Estas condiciones eran de tipo resolutorio, es decir, su incumplimiento suponía la rescisión inmediata del contrato”, indica Márquez.

Cláusulas de baremación

El pliego recogía igualmente las cuatro cláusulas por las que se baremarían las empresas interesadas en la adjudicación de las obras. La primera, valorada con 40 puntos, se refería a la calidad del anteproyecto, “la concreción del diseño, distribución y ubicación de las viviendas”. La segunda cláusula, valora con un total de 35 puntos, el grado de experiencia de las empresas en la promoción y gestión de viviendas protegidas. La tercera hacía referencia a la colaboración con la Ciudad en las diferentes líneas de ayudas previstas a los ciudadanos, anticipando estas subvenciones directas a los beneficiarios (15 puntos). La cuarta era la mejora de la oferta económica, un punto que sólo fue premiado con 10 puntos.

Márquez recalcó que la mesa de contratación solicitó además la elaboración de un informe de valoración que garantizase el cumplimiento de todas las condiciones y el marco jurídico sobre el que se asienta el procedimiento, resultando al final ganadora la oferta de Vial Inmuebles SL con 89 puntos. El gerente de Emvicesa dijo no entender cómo después de un proceso de estas características, pudieron aparecer críticas “tan tempranas y tan desmesuradas” hacia la limpieza del procedimiento en sí.
 


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