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POLÍTICA - MIÉRCOLES, 22 DE NOVIEMBRE DE 2006


 Central de Endesa. ARCHIVO

unión demócrata ceutí / REACCIONES
 

UDCE elabora un reglamento
antes los cortes energéticos

La formación quiere poner en marcha
una ‘carta de servicios’ aunando las normativas autonómicas y europeas
 

CEUTA
Mada M.
madamartinez@elpueblodeceuta.com

Media docena de cortes eléctricos en menos de un mes ha hecho que Gobierno y partidos políticos locales se pongan las pilas antes los recesos del suministro. Entre ellos, Unión Demócrata Ceutí que en estos momentos elabora un reglamento que permita regular, a nivel local, las situaciones de este tipo.

UDCE arrancó la semana pasada el trabajo. Abbas Mohamed Omar, diputado de la formación en el Palacio de la Asamblea, se encarga de dirigir el sentido que tomará la reglamentación. Lo que en principio iba a concentrarse única y exclusivamente en una cuestión de suministro eléctrico se ha ampliado: Unión Demócrata Ceutí pretende configurar una ‘carta de servicios’ que se englobe también en el abastecimiento de gas, la distribución del butano, el sistema de aguas, etcétera.

“Existe una ley muy general”, indica el número tres de UDCE, “nosotros perseguimos una reglamentación a nivel local”.

Más ejemplos por España

Para ello, la formación está buscando puntos de unión entre la normativa europea, la nacional y las ordenanzas municipales ya existentes. Además, Abbas ha indagado sobre la coyuntura que rige en otras ciudades como Alicante o Madrid, donde se han aplicado ya reglamentos más acordes a su funcionamiento.

“Es la pescadilla que se muerde la cola”, dice Mohamed Omar, “siempre nos estamos quejando y queriendo igualarnos al resto de España pero no hacemos nada por ello; ahora tenemos una oportunidad”.

Base legal

La Orden ECO/797/2002, de 22 de marzo, es la normativa por la que se aprueba el procedimiento de medida y control de la continuidad del suministro eléctrico. Sobre esta reglamentación trabaja en la actualidad Unión Demócrata Ceutí con la intención se llevar a una sesión plenaria el resultado final y someterlo a la voluntad de los partidos con representación en la Asamblea.

En su artículo 104 se determina que el distribuidor deberá disponer de un sistema de registro de incidencias de acuerdo con el procedimiento de medida y control de la continuidad del suministro y de la calidad del producto que le permita determinar la afectación de las incidencias de continuidad del suministro de sus redes con todos y cada uno de los consumidores conectados a ellas en todas sus zonas de distribución.
 

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