El Tribunal Supremo estudia desde el pasado miércoles la
sentencia condenatoria dictada por la Audiencia Provincial
de Zamora contra A.F.N., el marroquí que en el año 2003
asesinó a una educadora social de la ONG Mensajeros de la
Paz en esta provincia castellano-leonesa. En ella se le
condena a la pena de 45 años de cárcel y, además, se fija
como responsabilidades civiles subsidiarios a la Ciudad
Autónoma de Ceuta y a la citada ONG que deberían abonar una
indemnización de 110.000 euros a la familia de la víctima
por los daños morales causados.
Los motivos por los que ambas instituciones aparecen
reflejados en dicha condena se derivan del acuerdo suscrito
entre ambas que fue el que permitió que el joven, que estaba
bajo la tutela del Gobierno ceutí, participara en el
programa de inserción de Mensajeros de la Paz en Zamora.
Tanto el Gobierno local como la ONG recurrieron la decisión
judicial por considerar que no son responsables de tal
hecho, extremo en el que cuentan con el apoyo de la Fiscalía
del Tribunal Supremo que considera que ambos deben ser
eximidos del pago de dicha indemnización.
El Tribunal Supremo hará pública en los próximos días su
decisión respecto a este asesinato que acabó con la vida de
la trabajadora social M.A.V., que desarrollaba su trabajo en
el centro de inmigrantes de Mensajeros de la Paz de Zamora,
y por el que el marroquí fue condenado a 45 años de cárcel.
El asesino fue condenado también por un delito de intento de
homicidio de un taxista al que acuchilló en su huída y tiene
ya antecedentes penales por el asesinato de un sacerdote
salmantino días antes de los hechos de Zamora.
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